Resolución N° 243 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Junio de 2021
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 130
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 30 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Resolución N° 243
Córdoba, 1 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0723-139573/2018, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 1219/2019 emanada de la Direc-
ción General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad referen-
dum de la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel Inicial
“MARINA M.M. FAVA DE ESTEBAN” de la localidad de San Francisco- De-
partamento San Justo-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con el requerimiento jurídico-for-
mal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos N°
41009/A/38, y N° 925/02 y Resolución N° 46/01 de este Ministerio, encon-
trándose tal determinación técnica, administrativa e institucional plasmada
en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 565/20, y en uso de atribucio-
nes conferidas por Decreto N° 556/16.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 1219/19 emanada de la
Dirección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso, la
recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “MARINA M.M. FAVA DE
ESTEBAN” de la localidad de San Francisco-Departamento San Justo-,
en los términos y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia
forma parte integrante de este instrumento legal como Anexo, compuesto
de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.
ANEXO
Resolución N° 244
Córdoba, 1 de junio de 2021
VISTO: El Expediente Nº 0109-106804/2012, del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos la Resolución N° 1337/2019 emanada de la Di-
rección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso ad re-
ferendum de la Superioridad, la recategorización de la Escuela de Nivel
Inicial “LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN” de la localidad de Mala-
gueño -Departamento Santa María- y la reubicación de la docente Adriana
María PETITTI.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, las medidas cumplen con los requerimientos jurídi-
co-formal-pedagógico estatuido por Leyes Nros. 26206 y 9870, Decretos
N° 41009/A/38 Decreto N° 925/02 y Resolución Ministerial N°46/01, en-
contrándose tales determinaciones técnica, administrativa e institucional
plasmadas en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por
el Área Jurídica de este Ministerio con el N° 879/2020, y en uso de atribu-
ciones conferidas por Decreto N° 556/16,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE
Art. 1º. RATIFICAR la Resolución N° 1337/2019 emanada de
la Dirección General de Educación Inicial, mediante la cual se dispuso la
recategorización de la Escuela de Nivel Inicial “LIBERTADOR GENERAL
SAN MARTÍN” de la localidad de Malagueño -Departamento Santa María-,
y la reubicación de la docente Adriana María PETITTI (M.I. N° 17.252.965)
-Directora de Tercera- (Enseñanza Primaria) en la Escuela de Nivel Inicial
“MARTÍN MIGUEL DE GUEMES” de la misma localidad y se procedió al
cambio de imputación del referido cargo, en los términos y condiciones
que se consignan en la misma, cuya copia forma parte integrante de este
instrumento legal como Anexo, compuesto de una (1) foja.
Art. 2º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
ANEXO

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