Resolución N° 242/MJYSGC/19

Fecha de disposición01 Marzo 2019
Fecha de publicación01 Marzo 2019
Número de GacetaResolución N° 242/MJYSGC/19
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 242/MJYSGC/19
Buenos Aires, 26 de febrero de 2019
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 6017), su Decreto Reglamentario N°
184/GCABA/10, los Decretos Nros. 3360/MCBA/68 y susmodificatorios,
363/GCABA/15 y sus modificatorios y 391/GCABA/18, la Resolución N°
973/MJYSGC/15, el Expediente Electrónico N° 2015-22727133-MGEYA-DGAI, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 6017) de Relaciones Laborales en la
Administración Pública, señala en su artículo 10, entre lasobligaciones de los
trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires, las de “... a. prestar personal y
eficientemente el servicio en las condicionesde tiempo, forma, lugar y modalidad
determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los
equipos que seconstituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su
cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividadlaboral“ y “... c.
observar en el servicio una conducta correcta, digna y decorosa acorde con su
jerarquía y función“;
Que el Capítulo XII de la citada Ley N° 471 (texto consolidado Ley N° 6017), establece
el Régimen Disciplinario aplicable al personal de laAdministración Pública del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo;
Que el artículo 53 inciso e) del mismo plexo normativo estipula como causal de
cesantía el "...incumplimiento grave de las obligaciones yquebrantamiento grave de
las prohibiciones establecidas en los artículos 11 y 12 de la presente ley";
Que por el Decreto N° 184/GCABA/10, se aprobó la Reglamentación del Capítulo XII
del Régimen Disciplinario de la Ley N° 471 (textoconsolidado Ley N° 6017);
Que mediante el Decreto N° 3360/GCABA/68 y sus modificatorios, se aprobó la
Reglamentación de los Sumarios Administrativos en elámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 973/MJYSGC/15, se instruyó sumario administrativo a fin
de investigar los hechos ydeslindarresponsabilidades que pudieren corresponder con
motivo de las presuntas delas presuntas irregularidades en la actuación del
ControladorAdministrativo de Faltas a cargo de la Unidad Administrativa de Control de
Faltas N° 74, agente M. P., F.C. N° 272.500, DNI N° 14.014.455;
Que iniciada la instrucción del Sumario N° 1232/2015, se formularon al agente M. P.,
F.C. N° 272.500, DNI N° 14.014.455, los siguientescargos: “En su carácter de
Controlador Administrativo de Faltas a cargo de la Unidad Administrativa de Control de
Faltas Nro. 74: I) LegajoNº 98.957/2012: 1) No haber emitido certificado de deuda a
fin de lograr el cobro por vía judicial de la multa que quedara firme porresolución
administrativa de fecha 26/10/2012, operándose la prescripción de la acción; 2) No
haber fundamentado la resoluciónadministrativa del 26 de octubre del 2012, conforme
lo previsto en el art.21, inc. b, c y d anexo Ley 1217 todo ello conforme la verificación y
control de legajos efectuada el 10 de agosto del 2015 , por el Área de Supervisión y
Control de la Dirección General de Infracciones, IF-2015-26.098.214-DGAI; II) Legajo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5570 - 01/03/2019

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