Resolución N° 242 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Agosto de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición13 de Julio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 175
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 26 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
rizada por el Artículo anterior, los que como Anexos I y II con seis (6) y cin-
co (5) fojas útiles respectivamente, forman parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 3º El egreso que demande el cumplimiento de la presente
Resolución, por la suma total de PESOS CIENTO SEIS MILLONES NOVE-
CIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS ($ 106.994.400.-)
se imputará como sigue: por el periodo setiembre a diciembre de 2021,
7.272 horas, $ 23.779.440.- a Jurisdicción 1.15 –Ministerio de Finanzas-,
Programa 159-001, Partida 3.05.07.00 “Servicios de Informática y Sistemas
Computarizados” del P.V.; por el período enero a diciembre de 2022, 21.813
horas, $ 71.328.510.- y por el período enero a febrero de 2023, 3.635 ho-
ras, $ 11.886.450 como importe futuro.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 242
Córdoba, 13 de julio de 2021
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación
de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la
Reglamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único”, propicia la con-
tratación de dicho Consorcio a los nes de la ejecución de la obra: “ME-
JORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED SECUNDARIA S-280 Y S-237
- TRAMO: RUTA NACIONAL N° 8 – LA GILDA – SAN AMBROSIO – LA
BRIANZA – RUTA PROVINCIAL N° 24 – DEPARTAMENTO RIO CUAR-
TO – PROVINCIA DE CÓRDOBA”, por la suma de $ 361.818.743,74 y la
autorización para jar el porcentaje de contribución por mejoras a cargo
de los beneciarios.
Y CONSIDERANDO:
Que consta providencia del señor Presidente del Consorcio Caminero
Único instando la contratación de la obra de que se trata, atento a que “la
obra de mejoramiento es vital para el desarrollo productivo de la zona, con
un tránsito de autos, camiones y maquinarias agrícolas, particularmente
intenso en épocas de siembra y cosecha”, según surge del Capítulo I, Punto
I.2.1. del Legajo Único para Contratación.
Que la Jefatura de Departamento I - Conservación de Pavimentos de
la Dirección Provincial de Vialidad acompaña documentación técnica que
consiste en el Legajo Único para Contratación, compuesto por cinco (5)
Capítulos, que incluyen el Objeto y Objeto Detallado, Encuadre Legal y
Condiciones de Contratación, Cómputo Métrico, Pliego Particular de Con-
diciones y Especicaciones Técnicas, Régimen de Redeterminación de
Precios y Presupuesto Ocial actualizado al mes de marzo de 2021.
Qué, asimismo, consta en autos Presupuesto, Curva de Inversión y
Plan de Avance para la ejecución de la obra de referencia, suscriptos por el
Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $ 361.818.743,74
con IVA incluido, que “corresponde a valores de mercado según activida-
des de cotización que realizara oportunamente este Consorcio Caminero
Único a precios de abril 2021”.
Que obran en autos conformidades de los beneciarios, como también
la Resolución Ministerial Nº 200/2021 por la cual se dispone la apertura
del Registro de Opositores de la Obra, en los términos del artículo 3º de la
Ley Nº 10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº
1.053/2018, constando la correspondiente publicación en el Boletín Ocial.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como
Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión
del Consorcio Caminero Único”, informa que “ningún contribuyente mani-
festó su oposición a la ejecución de referencia, concluyendo una oposición
del 0%. Como la oposición registrada es menor al 50%, se observa que se
está en condiciones de proceder a la contratación de la obra (…)”, razón por
la cual insta la prosecución del trámite de que se trata.
Qué asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la
contribución por mejoras asciende a la suma de $ 180.909.371,87 equiva-
lente al 50% del valor de la obra, que deberá ser pagado en tres (3) cuotas
anuales una vez terminada la obra, la cual “se estima para agosto de 2023”,
indicándose que para la nanciación mencionada se tendrá en cuenta la
evolución del índice del costo de la construcción (ICC-Cba), publicado
por la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y que “El aporte
restante del valor total de la obra estará a cargo de la Provincia”.
Que consta conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agrope-
cuario (FDA) para abonar los fondos correspondientes.
Que la Dirección General de Administración de este Ministerio ha agre-
gado Documento Contable – Nota de Pedido Nº 2021/000295, que certica
la reserva presupuestaria para hacer frente a la erogación que la gestión
demanda.
Que obra Dictamen Nº 284/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos
encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º - inciso b) –
punto 4) de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la
Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.
Que dicha asesoría maniesta también que, conforme lo dispuesto
por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones
Ministeriales Nros. 250/2018 y 100/2019 y competencias especícas de la
Unidad Ejecutora, entendiendo que dicha Unidad dentro de su competen-
cia especíca se ha expedido en relación a la documental técnica obrante
en autos y la conveniencia de contratar con el Consorcio Caminero Único
(artículo 4º - incisos c) y o) de la mencionada Resolución) considera que
puede autorizarse a la referida Unidad Ejecutora a contratar en forma di-
recta con el Consorcio Caminero Único en los términos propiciados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 284/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO CA-
MINERO ÚNICO la realización de la obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO

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