Resolución N 86/GCABA/MAYEPGC/11
Firmantes | Santilli |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Ambiente y Espacio Público |
Fecha de la disposición | 12 de Enero de 2011 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RESOLUCIÓN N 86/GCABA/MAYEPGC/11DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO INCOADO POR MARÍA CRISTINA PELLEGRINO Y NATALIA ALBERDI CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 102-SSMEP-10 QUE DENEGÓ UNA SOLICITARON UN RESARCIMIENTO POR DAÑOS DEL VEHÍCULO MARCA VOLKSWAGEN, MODELO GOL 1.6, DOMINIO GCI014 AL IMPACTAR CON UN BACHE
Buenos Aires, 12 de enero de 2011
VISTO:
el Expediente N° 311.566/10, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración interpuesto por las señoras María Cristina Pellegrino y Natalia Alberdi, impugnando los términos de la Resolución N° 102-SSMEP/10;
Que como antecedentes del caso podemos mencionar que, en su momento, las recurrentes solicitaron un resarcimiento por los daños que habría sufrido el vehículo marca Volkswagen, modelo Gol 1.6, dominio GCI014 al impactar con un bache;
Que con base en los elementos obrantes en los actuados, se dictó la Resolución N° 102-SSMEP/10, por medio de la cual se rechazó la petición efectuada por no encontrarse plenamente acreditada la ocurrencia del hecho, o en su caso que el mismo haya acaecido en las circunstancias que se alegaban;
Que notificadas las interesadas de la mentada Resolución en fecha 04/05/10, el día 27/05/10 las interesadas interpusieron recurso de reconsideración contra la misma en los términos del artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Resolución N° 201-SSMEP/10, se desestimó el recurso de reconsideración impetrado, por haber devenido formalmente improcedente su tratamiento, atento su extemporaneidad, siendo el mismo notificado en fecha 29/07/10;
Que sin perjuicio de ello, a través del Dictamen N° 78.416/10, la Procuración General de la Ciudad, entendió que por aplicación del artículo 109 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad, que establece que el plazo para la interposición del recurso jerárquico en subsidio es de 15 días a partir de la notificación del acto que se pretende impugnar, el recurso jerárquico en subsidio resulta formalmente procedente;
Que en este contexto, notificada de la posibilidad de...
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