Resolución N° 24/SECTOP/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 24/SECTOP/20
Buenos Aires, 3 de febrero de 2020
VISTO: La Ley Nº 6.292, el Decreto Nº 463/19; y
CONSIDERANDO:
Que por la normativa mencionada en el Visto se aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el Decreto Nº 463/19 se
estableció la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se creó la Secretaría de Transporte y
Obras Públicas en la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que entre las reparticiones que componen la Jefatura de Gabinete de Ministros se
encuentra la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, sus tres Subsecretarías, sus
sietes Direcciones Generales, Autopistas Urbanas S.A, Subterráneos de Buenos Aires
S.E y sus dos unidades de proyectos especiales dependientes;
Que dentro de las misiones y funciones asignadas por el Decreto consignado UT
supra, se encuentran las de entender en la regulación y control del transporte y el
tránsito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; instrumentar las políticas, planes y
proyectos de ordenamiento y mejora del Sistema de transporte de pasajeros y de
carga; entender en la formulación de políticas, regulaciones y planes de transporte
urbano concernientes al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su
articulación con el área Metropolitana, así como en la coordinación interjurisdiccional;
participar en las acciones relacionadas con la movilidad en vinculación con Autopistas
Urbanas S.A (AUSA) y Subterráneos de Buenos Aires S.E. (SBASE); planificar
políticas de control del cumplimiento de las normas de tránsito en coordinación con las
fuerzas policiales y de seguridad que actúan en la Ciudad; entender en el diseño e
implementación de las políticas para promover la movilidad saludable, entre otras;
Que atento a la complejidad y magnitud de tareas que le son encomendadas y con el
fin de cumplir adecuadamente con las mismas de manera eficiente y coordinada,
resulta necesario contar con diferentes sectores diferenciados con misiones y
funciones claramente definidos con el objeto de promover la realización de una gestión
eficaz, evitando la superposición de funciones;
Que hasta tanto se apruebe la estructura formal perteneciente a la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas, resulta necesario establecer una diferenciación en las
funciones concretamente llevadas a cabo en el trabajo cotidiano;
Que dicha división de tareas deriva necesariamente en la optimización de la utilización
de los recursos existentes, tanto humanos como materiales, permitiendo brindar
respuestas expeditivas, siendo que los circuitos administrativos y operativos se
encuentran delimitados y especificados;
Que, de acuerdo a ello, se evalúa oportuno y conveniente designar un área de gestión
legal y técnica en reconocimiento de las tareas realizadas;
Que teniendo en cuenta la necesidad de implementar medidas tendientes a diligenciar
las actuaciones administrativas de manera expeditiva con el fin de evitar dilaciones en
el curso de los trámites que recaen en la Secretaría de Transporte y Obras Públicas,
se considera oportuno asimismo designar un responsable de la suscripción del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5798 - 10/02/2020

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