Resolución N° 24 - Letra:F

EmisorCaja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros
Fecha de la disposición13 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 70
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 13 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
diantes de segundo, tercero y cuarto año en las carreras y planes vigentes
hasta la fecha.
Art. 6°.- AUTORIZAR a la Dirección General de Educación Superior y
a la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza, a establecer
criterios para la reubicación de docentes, conforme a las disposiciones
estatutarias y legales vigentes, a n de contemplar la situación académica
de los estudiantes que cursan los planes de estudios que caducan, no
resintiendo de esa manera la continuidad y nalización de sus carreras.
Art. 7°.- DEROGAR progresivamente las Resoluciones Ministeriales
Nros. 752/11 y 663/09, en la parte pertinente a las carreras menciona-
das en el art. 1° del presente instrumento legal y toda otra disposición que
se oponga a lo establecido en el presente instrumento legal.
Art. 8°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO: http://boletinocial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2018/04/anexo-res-280.pdf
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 24 - Letra:F
Córdoba, 28 de febrero de 2018
VISTO: El artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según el Decreto
N° 40/09- y sus normas reglamentarias, complementarias y modicatorias.
Y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 8024 –texto ordenado según Decreto
N° 40/09- en su art. 51 dispone que los haberes de las prestaciones serán
móviles en relación con las variaciones del nivel sectorial de las remunera-
ciones del personal en actividad.
Que el Decreto N° 41/09 -reglamentario de la Ley N° 8024 (texto ordenado
según Decreto N° 40/09) dispone en el primer párrafo de su art. 51 que
cada beneciario será asignado al sector o repartición en la que se des-
empeñó al menos la mitad del total de años aportados en el Sistema de
Reciprocidad Jubilatoria.
Que lo anteriormente expresado le da derecho al beneciario a que sus
haberes se muevan según el aumento promedio de los salarios de los
trabajadores activos de dicho sector o repartición.
Por ello, atento lo informado a fs. 37/41 por Gerencia Departamental de
Movilidad y lo aconsejado por Sub Gerencia General de Auditoría y Estu-
dios a fs. 42, y en virtud del Decreto provincial N° 36/2017, el Sr. Secretario
Legal y Técnico y de Previsión Social a/c de las funciones de Presidente de
la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba;
R E S U E L V E:
ARTICULO 1: APROBAR los Índices de Movilidad Salarial, a los nes
establecidos en el artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según
Decreto N° 40/09-, detallados en el Anexo I que consta de dos (2) fojas y
forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2: CONVALIDAR con los haberes de enero del año 2018, la
actualización correspondiente a los sectores mencionados en el Anexo I
de la presente resolución.
ARTICULO 3: APROBAR los Índices de Movilidad Salarial, a los nes es-
tablecidos en el artículo 51 de la Ley N° 8024 –texto ordenado según De-
creto N° 40/09-, detallados en el Anexo II que consta de una (1) foja y forma
parte integrante de la presente.
ARTICULO 4: LIQUIDAR con los haberes de febrero del año 2018 la ac-
tualización correspondiente a los sectores mencionados en el Anexo II de
la presente resolución.
ARTICULO 5: TOME CONOCIMIENTO Gerencia General. Notifíquese y
Publíquese. Con posterioridad, por Gerencia Departamental de Movilidad.
FDO: MARIANO M.MENDEZ, SECRETARIO DE LEGAL Y TECNICA Y DE PREVI-
SION SOCIAL. A/C PRESIDENCIA C.J.P. Y RET. DE CBA. - MARIELA E. CAMPO-
RRO SUB GTE.GRAL.DE AUDITORIA ESTUDIOS Y CONTROL DE PROCESO,
ENRIQUE A.GAVIOLI SUB GCIA.DPTAL. DESPACHO, VILMA GRACIELA RAMIREZ
GERENTE DEPARTAMENTAL
Anexo: http://boletinocial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2018/04/29798.pdf
DIRECCIÓN GENERAL PRESUPUESTO E
INVERSIONES PÚBLICAS
Resolución N° 1
Córdoba, 16 de marzo de 2018
VISTO:El expediente Nº 0025-068561/2018 por el que se propicia la modi-
cación de los Clasicadores Presupuestarios.
Y CONSIDERANDO: Que el Artículo 17 inciso j) de la Ley N° 9086, esta-
blece como competencia de la Dirección General de Presupuesto e Inver-
siones Públicas: “Determinar el plan de cuentas contable y el clasicador
presupuestario, que será el único y de uso obligatorio para toda la admi-
nistración…”
Que el Artículo 6° de la Resolución N° 002/14 de la Secretaría de Adminis-
tración Financiera “Compendio Normativo”, faculta a esta Dirección Gene-
ral, a modicar, ampliar, agregar y/o derogar las disposiciones contenidas
en el Anexo C de la citada Resolución.
Que el Artículo 157 del Anexo A de la citada Resolución establece que toda
incorporación, ampliación, modicación y/o derogación que cada Órgano
Rector crea conveniente realizar, será incorporada a la norma, siguiendo
las pautas determinadas en la misma.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Direc-
ción de Asuntos de Legales de este Ministerio al N° 154/18,

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