Resolución N° 238 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Agosto de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición30 de Julio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 149
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Resolución N° 181
Córdoba, 01 de junio de 2018
VISTO: El expediente Nº 0032-046533/2018.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona la ampliación de la can-
tidad adjudicada con motivo de la Licitación Pública Nº 16/2017, cuyo objeto
es contratar un servicio de guarda y custodia de documentación del Regis-
tro General de la Provincia en un espacio físico de afectación exclusiva de
hasta nueve mil (9.000) cajas tipo A y mil quinientas (1.500) cajas tipo B.
Tipos de caja A: medidas aproximadas 41 cm. x 13 cm. x 30 cm.; caja tipo
B: medidas aproximadas 45 cm. x 32 cm. x 28 cm.
Que obra solicitud de la señora Directora del Registro General de la
Provincia mediante la cual peticiona la ampliación de las cantidades opor-
tunamente adjudicadas las que no superan el veinte por ciento (20 %) pre-
visto en el artículo 13 de la Ley Nº 10.155.
Que lo propiciado en autos, es viable a tenor de la normativa apuntada,
habiéndose expedido en sentido favorable el Área Contrataciones de la
Dirección General de Coordinación Operativa.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por el artícu-
lo 13 de la Ley Nº 10.155 y su Decreto Reglamentario Nº 305/14, lo infor-
mado por el Área Contrataciones de la Dirección General de Coordinación
Operativa a fs. 14 y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de
Asuntos Legales de este Ministerio al N° 287/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º AMPLIAR en el veinte por ciento (20 %) la adjudicación dis-
puesta por Resolución Ministerial Nº 213/17, a favor de la rma INTERFILE
S.A. (C.U.I.T. Nº 30-69295472-2), por un servicio de guarda y custodia de
documentación del Registro General de la Provincia en un espacio físico
de afectación exclusiva de hasta mil ochocientas (1.800) cajas tipo A y tres-
cientas (300) cajas tipo B. Tipos de caja A: medidas aproximadas 41 cm.
x 13 cm. x 30 cm.; caja tipo B: medidas aproximadas 45 cm. x 32 cm. x 28
cm., a partir del 1° de junio de 2018, por el importe mensual de pesos ocho
mil cuatrocientos treinta y uno con sesenta centavos ($ 8.431,60.-) hacien-
do un total pesos doscientos diez mil setecientos noventa ($ 210.790.-)
Artículo 2° IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la
presente Resolución, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL
SETECIENTOS NOVENTA ($ 210.790.-). a Jurisdicción 1.15 –Ministerio de
Finanzas-, de acuerdo al siguiente detalle: por el periodo junio-diciembre
de 2018, $ 59.021,20.- al Programa 155-001, Partida 3.04.02.00 “Almace-
namiento” del P.V., por el periodo enero-diciembre de 2019, $ 101.179,20.- y
por el período enero-junio de 2020, $ 50.589,60.- como Importes Futuros.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuen-
tas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y archí-
vese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Resolución N° 238
Córdoba, 30 de julio de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0672-014909/2018 por el que se solicita la modi-
cación del límite de pago del Fondo Permanente “N” – PROTECCIÓN AM-
BIENTAL PROVINCIAL- del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos, creado por Resolución N° 025/15 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario cumplimentar adecuadamente lo establecido
en la Ley N° 10.208 en relación a la gestión sustentable del ambien-
te, preservación y protección de la diversidad biológica, todo en el
marco de las políticas ambientales implementadas por la Provincia.
Que las emergencias ambientales a ser cubiertas con el Fondo Per-
manente citado, no pueden ser previstas y por sus características
requieren solución inmediata.
Que el límite de pago del Fondo Permanente citado resulta in-
suficiente a fin de afrontar adecuadamente las necesidades que se
presenten ante situaciones de emergencia ambiental.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es
facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funciona-
miento de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten
los Servicios Administrativos, determinando su régimen y límites al
momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista
técnico-contable en relación a la modificación peticionada, habien-
do efectuado la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la
intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción
requirente en el sentido que es necesaria la modificación propicia-
da para el correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la
Direcció n General de Tesorería y Crédito Público a fs. 8 y de acuerdo
con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministe-
rio al Nº 409/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° ESTABLECER que el Fondo Permanente “N” –PROTEC-
CIÓN AMBIENTAL PROVINCIAL- del Ministerio de Agua, Ambiente y Ser-
vicios Públicos, no tendrá límite para cada pago. Integra como Anexo I de
la presente Resolución, con una (1) foja útil, el Formulario T2 – Solicitud de
Apertura, Modicación y/o Cierre de Fondos Permanentes.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al
Servicio Administrativo del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públi-
cos y a Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

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