Resolución N° 237 - Letra:A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Junio de 2019
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 108
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 7 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.
Resolución N° 237 - Letra:A
Córdoba, 28 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente N° 0007-148103/2019, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS
ALAMO”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Ar-
gentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles y Fundaciones, se ha vericado el cumplimiento de los requisi-
tos legales, formales y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y
en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la
Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS ALAMO”, con domicilio social en
la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona
Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
ASOCIACION CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO LOS ALAMO”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ.DIRECTORA GRAL D.I.P.J.
Resolución N° 239 - Letra:A
Córdoba, 29 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente N° 0007-145620/2019, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CIVIL SCOUT BUCARE VILLA GENERAL
BELGRANO” con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República
Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Ju-
rídica
.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169,
174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las
facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION
CIVIL SCOUT BUCARE VILLA GENERAL BELGRANO, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como
Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada
ASOCIACION CIVIL SCOUT BUCARE VILLA GENERAL BELGRANO”.-
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
Quince (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la
inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables
a los nes de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, y archívese.
FDO. VERONICA G. SANZ.DIRECTORA GRAL . D.I.P.J.
Resolución N° 241 - Letra:A
Córdoba, 29 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente N° 0007-147701/2019, mediante el cual la entidad
civil denominada “ASOCIACION CIVIL CASA DE LA ESPERANZA, TU
CASA AMIGA, ABRIENDO PUERTAS”, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcio-
nar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se
ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales
exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d,
169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Na-
ción y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos
de la Ley 8652:

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