Resolución N° 236/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - O DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 236/MEFGC/18
Buenos Aires, 23 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 95/14, sus
modificatorios N° 114/16 y N° 411/16, el Decreto N° 1.145/09 y concordantes, las
Resoluciones N°1.510/MHGC/17, N° 3.612/MHGC/17 y N° 13/MEFGC/2.018., el
Expediente Electrónico N° 7.097.855/MGEYA-DGCYC/17, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico citado en el visto, tramitó la Licitación Pública
N° 623-0436-LPU17, referente al Convenio Marco de Compras para la Adquisición de
Lubricantes y Afines con destino a las Reparticiones dependientes del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de
Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que mediante Resolución N° 1.510/MHGC/17, se aprobó la mentada Licitación Pública
y se adjudicó a las firmas: ADRIAN EMANUEL TONIETTI: en la suma de hasta
PESOS QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($
573.380,00) y KAYSER S.R.L.: en la suma de hasta PESOS NOVECIENTOS
NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 68/100
($996.458,68).por las cantidades y precios que constan en el Anexo I (IF 2.017-
11473737 - MHGC);
Que, a posteriori, por Resolución N° 3.612/MHGC/17, se procedió a renovar la
vigencia de la contratación mencionada, por el plazo de seis (6) meses consecutivos, a
partir del día 22 de Noviembre de 2.017, o hasta el perfeccionamiento de un nuevo
contrato, lo que ocurriera primero;
Qué asimismo, atento que el vencimiento del convenio que se trata operó el día 23 de
Mayo de 2.018, se considera pertinente prorrogar la vigencia de la referida
contratación por el plazo de seis (6) meses consecutivos a partir de esa fecha, o hasta
el perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra primero, al amparo de lo
establecido en el Artículo N° 36.- VIGENCIA Y PRÓRROGA DE LOS CONVENIOS
MARCO DE COMPRAS- del Decreto N° 1.145/09;
Que el artículo citado en el considerando precedente, sobre la renovación de los
Convenios Marco, establece que: "...podrá ser prorrogado por períodos que en su
conjunto, incluyendo el plazo original, no excedan de un (1) año y medio...", en ese
sentido, es dable destacar, que la prórroga contractual que por la presente se propicia,
no supera los límites determinados por la normativa citada;
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorrógase por el término de seis (6) meses contados a partir del día 23
de Mayo de 2.018, o hasta el perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra
primero, el Convenio Marco de Compras de la Licitación Pública N° 623-0436-LPU17
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5382 - 29/05/2018

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