Resolución N° 236

EmisorDirección General de Transporte
Fecha de la disposición14 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 163
CORDOBA, (R.A.), MARTES 23 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
formidad a lo informado por las áreas de su jurisdicción e informa que el
peticionante ha cumplimentado con los requisitos para la presente reno-
vación considerando que puede propiciarse el dictado de la Resolución
correspondiente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
0310/2016 en donde concluye que puede dictarse resolución excepcional
y por única vez, autorizando al peticionante a prestar un Servicio Especial
Restringido, renovando el permiso por el término de Dos (2) años a partir
del dictado de la resolución.
Que el servicio de transporte Especial Restringido se encuentra normado
en el Artículo 9 “D” de la Ley Provincial N° 8669, Articulo 9 “D” del Decreto
Reglamentario N° 254/03 y Articulo 37 del Anexo A” del Decreto Reglamen-
tario N° 254/03, Ley N° 8669.
Que para la prestación del servicio se mantendrá el parque móvil opor-
tunamente habilitado por Resolución N° 239/2004, por ajustarse a los re-
quisitos establecidos para la permanencia en servicio; siendo obligación
del permisionario acreditar con la periodicidad establecida, que mantiene
actualizadas las exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia
del permiso.
Que conforme lo prevé el Artículo 40 inciso “E” del Decreto Reglamentario
N° 254/03 es atribución de la autoridad de aplicación otorgar permisos
para los servicios en la modalidad Especial Restringido, considerándose
pertinente otorgarlo por el término de DOS (2) años a partir del dictado de
la presente Resolución.
Que por Resolución N° 115 de fecha 23/06/2014 la Secretaría de Transpor-
te delegó de manera excepcional y por única vez a esta Dirección General
de Transporte, la facultad de otorgar autorizaciones para la explotación de
servicios en la modalidad especial, restringido, obrero, escolar dentro del
marco de reordenamiento dispuesto para esta modalidad de prestación.
Por todo lo expuesto, atento lo dispuesto por el Artículo 40, inciso e) del
Decreto N° 254/03; las facultades delegadas por Resolución N° 115 del
23/06/2014 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR al Señor ANTONIO HORACIO HERRERO, DNI
N° 17.383.469, CUIT N° 20-17383469-2, Ingresos Brutos Exento, con do-
micilio en Alberto Mascías N° 294 B° Jorge Newbery de esta ciudad de
Córdoba, para que preste por el término de DOS (2) años un servicio de
transporte de pasajeros en modalidad Especial Restringido mediante con-
tratación previa y sin recorrido permanente, con centro en la ciudad de
CÓRDOBA y bajo la denominación de “TRANSPORTE NEWBERY”.
Artículo 2°.- DISPONER que se podrá utilizar el parque móvil oportuna-
mente habilitado por Resolución N° 239/2004, por ajustarse a los requi-
sitos establecidos para la permanencia en servicio, siendo obligación del
permisionario acreditar con la periodicidad establecida, que mantiene ac-
tualizadas las exigencias reglamentarias, durante el plazo de vigencia del
permiso.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de los Servicios Públi-
cos, pase al Registro de Prestatarios y archívese.
FDO.: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE -
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 236
Córdoba, 14 de Abril de 2016
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-001839/2016 la Empresa MAR CHIQUITA
S.R.L., solicita aprobación de horarios de Temporada Invierno 2016 para
prestar en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA – SAN
FRANCISCO y viceversa (por Ruta N° 19).
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagrama-
ción propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma, y con el objeto de adecuar los horarios a cumplir en
Temporada Invierno 2016, por lo que se aconseja su aprobación, debiendo
quedar sujeta a las modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión comparte lo
expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administrativo
pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dictamen N°
0413/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los horarios diagra-
mados para ser cumplidos en la temporada Invierno 2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40, inciso f) de la
Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa MAR CHIQUITA S.R.L. para
prestar en Temporada Invierno 2016 los horarios diagramados a fs. 6 y 7
de autos, en el Servicio Regular Común del corredor CÓRDOBA – SAN
FRANCISCO y viceversa (por Ruta N° 19), quedando sujetos a las modi-
caciones que eventuales reclamos las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públicos,
pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO.: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE -
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 199 - Letra:A
Córdoba, 28 de Julio 2016
VISTO:
El Expediente N° 0007-126601/2016, mediante el cual la entidad civil de-
nominada “Asociación Civil 11 de Febrero Virgen de Lourdes”, con domicilio
social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autoriza-
ción estatal para funcionar como Persona Jurídica.

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