Resolución N° 2351/MEIGC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición 2 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 2351/MEIGC/18
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.206, las Resoluciones CFE N° 183/02, N° 32/07 , el Dictamen
N° 2255/18, el Expediente Electrónico Nº 5.443.468/MGEYA-DGEGP/18, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estos actuados la ratificación del Dictamen N° 2255/18 de la Comisión
Federal de Registro y Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia del
Consejo Federal de Educación;
Que la Ley Nacional N° 26.206, estableció que la "validez nacional de títulos y
certificaciones de estudios a distancia se ajustará a la normativa del Consejo Federal
de Educación y a los circuitos de control, supervisión y evaluación específicos, a cargo
de la Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de
Educación a Distancia y en concordancia con la normativa vigente.";
Que la Resolución N° 183/02, emitida por el Consejo Federal de Cultura y Educación,
creó la “Comisión Federal de Registro y Evaluación Permanente de las Ofertas de
Educación a Distancia“;
Que el Dictamen N° 2255/18 emitido por Comisión Federal de Registro y Evaluación
Permanente de las Ofertas de Educación a Distancia, que estableció la "Aprobación
con Reservas" fue emitido a tenor de la presentación de la carrera "Especialización
Docente de Nivel Superior en Educación Popular", del Instituto Superior del
Profesorado Sagrado Corazón (A-29), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el dictamen de Aprobación con Reservas para dicha carrera emitido el 05 de Julio
2018 habilita a la Institución para dictarla durante 2 (dos) años, plazo tras el cual debe
realizarse una nueva presentación en el que deberá ajustarse el proyecto completo a
los lineamientos oportunamente señalados en el Dictamen de la Comisión Federal de
Registro y Evaluación Permanente de Ofertas de Educación a Distancia;
Que para la emisión de dicho Dictamen se tuvieron en cuenta los indicadores
pautados en la Resolución N° 183/02 del Consejo Federal de Cultura y Educación, y
demás normativa concomitante, en orden a la información, datos generales de la
carrera, fundamentación y objetivos de la misma, perfil del egresado, propuesta
curricular (diseño y desarrollo), materiales didácticos a utilizar, cuerpo académico,
recursos e infraestructura, presupuesto y modo de financiamiento, organización,
gestión y sistema de monitoreo y evaluación de la carrera;
Que ha tomado la correspondiente intervención en los presentes actuados la Dirección
General de Educación de Gestión Privada;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN
RESUELVE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5469 - 02/10/2018

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