Resolución N 617/GCABA/SSPLAN

FirmantesLostri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 617/GCABA/SSPLANSE AUTORIZA EL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN RAMALLO 4185/87

Buenos Aires

RESOLUCION N.° 617/SSPLAN/10

Buenos Aires, 10 diciembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 17962/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Ramallo N° 4185/87 esquina Plaza N° 4509, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 660,19m2 de los cuales 560,67m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Acceso, Portería, Escalera y Cocheras; 1° Piso: Estar Comedor, Dormitorios, Baños, Cocinas, Lavadero, Balcones y Escalera; 2° Piso: Estar Comedor, Dormitorios, Baños, Cocinas, Lavadero y Balcones; 3° Piso: Sector Dormitorio y Balcón), en tanto que 99,52m2 en forma no reglamentaria (3° Piso: Dormitorio, Escalera, Paso, Baños, Cocina Lavadero y Estar), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 9) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 56 a 62), con destino Vivienda Multifamiliar;

Que obra a fojas 15 a 63 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 10;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.4 ""Distrito R2bI, Disposiciones Particulares, inciso a) FOT Máximo" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 64 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR