Resolución Nº 233/GCABA/SSGEOPE/16

FirmantesJaime
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Gestión Operativa
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2016

VISTO:

La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), el EE. N° 20952083/MGEYA-

DGCYC/16, Resolución N° 2428/MHGC/16, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse

en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector

público de la ciudad;

Que en el marco del citado proceso resultó adjudicataria la empresa G & B S.R.L.,

emitiéndose la Orden de Compra N° 623-6179-OC16, la que tenía un plazo de entrega

de diez (10) días hábiles;

Que el contrato antes citado fue perfeccionado el día 10/08/16, operando su

vencimiento el día 25/08/16;

Que el día 06/09/16 el adjudicatario efectúo una presentación solicitando una prórroga

de extraordinaria de veinte días hábiles a partir del 5 de septiembre - por los motivos

expuestos en la misma- y toda vez que el Artículo 122° de la Ley N° 2095 (consolidado

por Ley N° 5454) establece que la prórroga debe solicitarse antes del vencimiento del

contrato se envió Cédula de Notificación informándole que se considera su solicitud

extemporánea;

Que ante la no entrega de los elementos que ampara la Orden de Compra

corresponde su rescisión con aplicación de penalidades;

Que por Resolución N° 2428/MHGC/16 se encomienda la firma del despacho de la

Dirección General de Compras y Contrataciones en ausencia de su titular a la Señora

Subsecretaría de Gestión Operativa dependiente del Ministerio de Hacienda;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo N° 9- Facultades y

obligaciones del organismo contratante de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley

N° 5454);

LA SUBSECRETARIA DE GESTION OPERATIVA

RESUELVE

Artículo 1° Rescíndese la Orden de Compra N° 623-6179-OC16 - Proceso N° 623-

1747-CME16 - adjudicada a la empresa G & B S.R.L. CUIT N° 30-65725290-1

domiciliada en la calle Avda. Belgrano 225 - Piso 7° - Dpto. A de esta Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por un importe de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL

CIENTO DOS ($ 230.102,00) , al amparo de los Artículos 131° Rescisión por culpa del

contratante- Incumplimiento del contrato- y 135° Rescisión total o parcial- de la Ley N°

2095 (texto consolidad por Ley N° 5454) .

Artículo 2°

Impónese a la firma...

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