Resolución N° 23 - Letra: D 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Agosto de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
LUNES 30 DE AGOSTO DE 2021
AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 177
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de
la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 54
Córdoba, 10 de agosto 2021
VISTO: El expediente N° 0279-011841/2021 en el que se propicia la
formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros
asignados por el Presupuesto General de la Administración Provincial
en vigencia.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el artículo 31 del Decreto N° 150/04
Reglamentario de la Ley N° 9086, modificado por Decreto N° 1966/09,
es facultad de los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones
de la Administración Central autorizar las modificaciones presupues-
tarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma
Jurisdicción.
Que mensualmente cada uno de los Poderes y Jurisdicciones deberá for-
malizar dichas modicaciones mediante el dictado de la Resolución pertinente.
Que obran en autos copias de los Documentos de Modicación de
Crédito Presupuestario Nro. 13, 14, 15, 16 y 17 de las modicaciones pre-
supuestarias realizadas en el mes de Junio de 2021.
Que las modicaciones propuestas encuadran en las disposiciones
legales vigentes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 31 y 110
in ne de la Ley de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial N° 9086.
Por lo expuesto, normas citadas y lo dictaminado por la Subdirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el Nº 59/2021;
EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N° 54 ..................................................................Pag. 1
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 23 - Letra: D ..................................................Pag. 1
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 2021/SGG-00000016 ....................................Pag. 2
Cronograma de Pagos .........................................................Pag. 3
MINISTERIO DE COORDINACIÓN
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 2021/SCH-00000003 ....................................Pag. 3
RESUELVE
Artículo 1º FORMALIZAR las modicaciones en las asignaciones de
Recursos Financieros del Presupuesto General de la Administración Pro-
vincial en vigencia, conforme al Documento de Autorización de Modica-
ción del Crédito Presupuestario que incluye la compensación de recursos
nancieros Nro. 13,14,15,16 y 17 correspondientes al mes de junio de
2021, el que como Anexo Único, compuesto de una (1) fojas útil, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLICESE, dese intervención al Tribunal de Cuen-
tas, comuníquese a la Legislatura, a la Contaduría General de la Provincia
y a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: PABLO DE CHIARA, MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
ANEXO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 23 - Letra:D
Córdoba, 27 de agosto 2021
VISTO: El expediente Nº 0473-080271/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 131 de la Ley Impositiva N° 10.725 vigente
para la anualidad 2021, se faculta a este Ministerio para adecuar la
descripción de los servicios que preste el Estado Provincial y redefi-
nir los valores, porcentajes o montos fijos que, en concepto de Tasas
Retributivas de Servicios se consignan en dicha Ley, en función de los
costos de prestación que periódicamente se determinen, así como a
establecer, -a propuesta del organismo correspondiente de la Admi-
nistración Pública o del Poder Judicial-, los importes que retribuyan
nuevos servicios en compensación de los gastos a que dé lugar la
prestación, y eliminar los importes de aquellas Tasas Retributivas co-
rrespondientes a servicios que dejen de prestarse.
Que por los artículos 115 y 129 de la referida Ley, se establecen
los importes que deben abonarse para la anualidad 2021 en concepto
de Tasas de Justicia por las actuaciones ante el Poder Judicial de la

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