Resolución N° 2230/MEDGC/22

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 2230/MEDGC/22
Buenos Aires, 3 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017), su entonces vigente Decreto
Reglamentario Nº 326/17 -actual Decreto N° 74/21-, las Resoluciones Nros. 1979-
GCABA-MEIGC/19, 905-GCABA- MEDGC/21, el Expediente Electrónico Nº 09297989-
GCABA-DGAR/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de prórroga al contrato de
locación administrativa del inmueble sito en la calle Solís 1815, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Escuela Primaria Nº
04 del Distrito Escolar 5°, dependiente de este Ministerio de Educación;
Que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la
Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017) su
entonces vigente Decreto Reglamentario Nº 326/17, -actual Decreto N° 74/21;
Que, el Anexo I del entonces vigente Decreto Nº 326/17 respecto al artículo 28 inciso
12, apartado m) establece: Finalizado el plazo estipulado en el contrato, el eventual
uso de la prórroga previsto en el mismo deberá plasmarse mediante la celebración de
una cláusula adicional; salvo cuando existan modificaciones del contrato original que,
por su envergadura, ameriten la suscripción de un nuevo contrato. En los casos de
celebración de cláusula adicional deberá cumplimentarse con los requisitos previstos,
en los incisos a) y f);
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución N° 1979-GCABA-MEIGC/19 y venció el día 31 de diciembre de 2021;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipuló la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia de este, hasta tres (3) años, a tenor de lo establecido en el
entonces vigente Anexo I del Decreto Nº 326/17, del Artículo 28 inciso 12, apartado g),
reglamentario de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 6017);
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
artículo 28 inciso 12, del Anexo I del entonces vigente Decreto Reglamentario Nº
326/17, respecto a los apartados a) y b) y, en función de ello, la Dirección General de
Administración de Bienes, informó que luego de haber realizado una exhaustiva
búsqueda en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), surge que no existen en
la actualidad inmuebles disponibles, de titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, que posean las características edilicias y geográficas necesarias para los fines
solicitados;
Que la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires efectuó
la tasación respectiva según Informe Nº IF-2022-09298186-GCABA-DGAR, y sugirió el
canon locativo mensual del inmueble con fecha 27 de octubre de 2021;
Que cabe señalar que la Dirección General de Escribanía General indicó que del
informe de dominio surge que los titulares de dominio son Carrega Ana Laura (DNI
30.081.348) proporción 1/3, Carrega Nicolás (DNI 27.215.487) proporción 1/3 y
Carrega Juan Pablo (DNI 27.215.486) proporción 1/3 e indica que sobre el inmueble
recae un Usufructo Vitalicio a favor de Carrega Juan Miguel (DNI 4.278.623)
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6383 - 24/05/2022

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