Resolución N° 223 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición28 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 132
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 1° DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 223
Córdoba, 28 de junio de 2021
Expediente Nº 0617-155392/2021.-
VISTO: este expediente en el que constan las actuaciones relacionadas
con la contratación de la obra: “REHABILITACIÓN DE BATERÍAS DE BA-
ÑOS, ACONDICIONAMIENTO DE INSTALACION ELÉCTRICA EN AULAS
Y CIELORRASO EN EL PASILLO EN EL IPEM N° 208 – MARINA WAISS-
MAN – LOCALIDAD DE CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos nota del señor Secretario de Gestión Administrativa
del Ministerio de Educación instando el presente trámite a los nes de la
autorización correspondiente para la ejecución de la obra de referencia, de
conformidad a las previsiones del Decreto Nº 180/2008.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Memoria Descriptiva, Planilla General de Cómputo y Presupuesto, Presupues-
tos, Plan de Avance, Curva de Inversión, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas, Planos y Pliego Particular de Condiciones, elaborados por el área
Emergencias Edilicias y por la Dirección de Jurisdicción de Administración de
la Secretaría de Gestión Administrativa, ambas del Ministerio de Educación.
Que mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura junto a
la Directora General de Proyectos y Jefe de Área Gestión Administrativa,
otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que
el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista técnico en
tanto que, respecto al Pliego Particular de Condiciones incorporado, con-
sideran que resulta adecuado y se ajusta a las disposiciones de la Ley Nº
10.417, modicatoria de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614, manifestando
que puede servir de base para la contratación de los trabajos propiciados.
Continúan informando en relación a que deberá corregirse en el Pliego
Particular de Condiciones, la referencia al nombre del establecimiento edu-
cativo objeto de intervención, toda vez que del legajo técnico surge que el
mismo es el IPEM N° 208 Marina Waissman y no el IPEM N° 108 Mariana
Waissman, nalizando que las observaciones allí efectuadas son de carác-
ter formal y que no impiden la continuidad del trámite.
Que de los Pliegos incor porados en autos surge que el procedimiento
de contratación es por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto
Ocial estimado asciende a la suma de $ 6.590.097,90, calculado al mes
de enero de 2021 y que el plazo total de ejecución de obra es de sesenta
(60) días, a partir de la fecha en que se suscriba el Acta de Replanteo,
atento artículo 7 del Pliego Particular de Condiciones.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura manifestando que el presupuesto presentado coincide con los
valores de mercado al mes de enero de 2021.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N°
10417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable,
en relación al procedimiento de contratación. Asimismo, deberá, bajo su
exclusiva responsabilidad, cumplimentar las disposiciones del artículo 3 de
la Ley N° 8614, en caso de corresponder.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 262/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra
supera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento
legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma como también ma-
niesta expresamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada nor-
mativa a lo largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en el
artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
262/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Educación referidos
a la obra: “REHABILITACIÓN DE BATERÍAS DE BAÑOS, ACONDICIONA-
MIENTO DE INSTALACION ELÉCTRICA EN AULAS Y CIELORRASO EN
EL PASILLO EN EL IPEM N° 208 – MARINA WAISSMAN – LOCALIDAD
DE CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL – PROVINCIA DE CÓR-
DOBA, conforme la documentación técnica compuesta por Memoria Des-
criptiva, Planilla General de Cómputo y Presupuesto, Presupuestos, Plan
de Avance, Curva de Inversión, Pliego Particular de Especicaciones
Técnicas y Planos, cuyo Presupuesto Ocial asciende a la suma de
Pesos Seis Millones Quinientos Noventa Mil Noventa y Siete con Noventa
Centavos ($ 6.590.097,90) suscriptos por el área Emergencias Edilicias,
constando además el Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos,
rmado por la Dirección de Jurisdicción de Administración de la Secretaría
de Gestión Administrativa, ambas del Ministerio de Educación.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial pase al Ministerio de Educación a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS

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