Resolución N° 222/MJGGC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 222/MJGGC/21
Buenos Aires, 29 de marzo de 2021
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1510/97- (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), las Resoluciones Nros. 229-
SECAYGC/18, 315-SECAYGC/18, 316-SECAYGC/18, 189-SECACGC/20 y 4-
SECACGC/21, los Expedientes Electrónicos Nros. 2018-11297192-DGOCME y 2020-
18914271-GCABA-DGOCME, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico en subsidio del
de reconsideración oportunamente interpuesto por la firma “CONSTRUCCIONES
INDUSTRIALES AVELLANEDA SOCIEDAD ANÓNIMA (CIASA)“ contra la Resolución
Nº 189-GCABA-SECACGC/2020;
Que por el Expediente Electrónico N° 2018-11297192-DGOCME, tramitó la
contratación de la Licitación Pública N° 199/SIGAF/2018 "Cubiertas Para Canchas
Multideportes Existente" al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras
Públicas N° 13.064 y el Decreto N° 1254/GCABA/08;
Que por Resolución N° 229-SECAYGC/18 se aprobaron los Pliegos de Bases y
Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares
para la contratación de la obra referida;
Que por Resolución N° 315-SECAYGC/18 y su rectificatoria Nº 316-SECAYGC/18 se
adjudicó la obra a la firma “CONSTRUCCIONES INDUSTRIALES AVELLANEDA
SOCIEDAD ANÓNIMA (CIASA)", CUIT N° 30-71054327-1, por la suma total de
PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA ($14.487.440);
Que mediante la Resolución N° 189-SECACGC/2020 se procedió a rescindir el
contrato de obra pública suscripto en el marco de la Licitación Pública N°
199/SIGAF/18, para la contratación de la Obra "CUBIERTA METÁLICA SOBRE
CANCHAS MULTI DEPORTES EXISTENTES- PARQUE INDOAMERICANO" por
exclusiva culpa de la contratista, al amparo de lo previsto en el artículo 50 inciso a) de
la Ley N° 13.064 y con las consecuencias previstas en el Art. 51 de la citada ley, atento
al incumplimiento de las obligaciones contractuales, al vencimiento del plazo de obra
establecido en el punto 2.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, a lo
previsto en la cláusula quinta de la contrata suscripta con fecha 31 de julio de 2018, y
a lo dispuesto en los artículos 1.10.1, 1.10.3 y 1.14.1 del Pliego de Bases y
Condiciones Generales para Obras Mayores aprobado mediante el Decreto
1254/GCABA/08 y sus modificatorios, siendo notificada la adjudicataria de tal extremo;
Que la empresa contratista interpuso Recurso de Reconsideración con Jerárquico en
subsidio contra dicha Resolución, mediante el Expediente electrónico N° EE-2020-
18914271-GCABA-DGOCME, solicitando a su vez la recepción provisoria de la obra,
el pago de redeterminaciones provisorias y definitivas de precios y que se haga lugar
al reconocimiento de una demasía y/o adicional que alega haber ejecutado;
Que en virtud de la Resolución N° 4-SECACGC/2021, se rechazó el Recurso de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6091 - 06/04/2021

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