Resolución N° 222/MDEPGC/22

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición19 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 222/MDEPGC/22
Buenos Aires, 13 de abril de 2022
VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20, y 867/PEN/21; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21
8/21, 9/21, 10/21,11/21,12/21, 13/21, 14/21, 1/22, 2/22 y 3/22; los DecretosNros. 578-
GCABA/16 y N° 463-GCABA/19 y modificatorios, el Expediente Electrónico N° 2022-
13376538-GCABA-DGEMP, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), el
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción tiene a su cargo el..."entender y
diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico integral de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires”,como así también ”... entender en lo relativo a la
política laboral en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...;
Que mediante el Decreto Nº 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, encontrándose la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio
bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por el mencionado Decreto, se establecieron entre las responsabilidades
primarias de la mentada Subsecretaría, las de “...asesorar al Ministro en materia de
cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de
policía en materia laboral, y en la determinación de las políticas de empleo y seguridad
social...” y de “...entender en los planes, programas y proyectos dirigidos a promover la
generación de empleo en las empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...”;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder Ejecutivo de la
Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir
de la entrada en vigencia de dicho decreto, medida prorrogada por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 167-PEN/21 y N°867-PEN/21 hasta el 31 de diciembre de
2022;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20, 5/21, 7/21, 8/21, 9/21, 10/21, 11/21, 12/21, 13/21, 14/21,
1/22, 2/22 y 3/22 hasta el 30 de abril de 2022;
Que la situación epidemiológica aludida derivó en la necesidad de la adopción de
medidas preventivas tanto nacionales como locales, con el objeto de disminuir el
riesgo sanitario, de modo de mitigar el impacto por la pandemia de COVID-19;
Que las medidas adoptadas se han traducido en una afectación directa de las distintas
actividades económicas desarrolladas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
tanto algunas de ellas implicaron la restricción de la circulación de personas y del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6359 - 19/04/2022

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