Resolución N° 221 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 60
CORDOBA, (R.A.) MARTES 27 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Artículo 6º PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General
de Presupuesto e Inversiones Públicas, a Contaduría General de la Pro-
vincia y a la Tesorería General de la Provincia, infórmese al Tribunal de
Cuentas y a la Legislatura, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.:. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/dzj7qZ
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 221
Córdoba, 26 de marzo de 2018
VISTO: La Nota N° DGES01-087973131-518 del registro del Ministerio de
Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que la Educación Artística promueve y desarrolla la sensibilidad y capaci-
dad creativa de cada persona en un marco de valoración y protección del
patrimonio cultural.
Que la propuesta ofrece recorridos de Formación Artístico Vocacional,
constituida por las ofertas destinadas a una formación artística integral
que amplía los contenidos de arte presentes en la Educación Obligatoria,
con propuestas efectuadas de manera sistemática y dirigidas tanto a niños,
como adolescentes, jóvenes y adultos.
Que la Formación Artística Vocacional posibilita el desarrollo de capacida-
des productivas e interpretativas, priorizando el trabajo colectivo, promo-
viendo la concreción de proyectos grupales que se inscriban en la comu-
nidad, poniendo particular atención al reconocimiento de las trayectorias y
saberes previos.
Que la distribución de los Talleres de cada Ciclo Artístico Vocacional y de
los Talleres Institucionales de Expresión Artística en los diferentes lengua-
jes, se encuentran consignados en el Anexo I de la presente resolución.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en la nor-
mativa de la Ley de Educación Nacional N° 26.206, Ley de Educación
Provincial N° 9870 y la Resolución del Consejo Federal de Educación N°
111/10 Anexo “La Educación Artística en el Sistema Educativo Nacional”.
Por ello, el Dictamen N° 0273/18 del Área Jurídica de este Ministerio y lo
aconsejado por la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 17;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art.1°.- APROBAR la Formación Artística Vocacional en los diferentes len-
guajes, en las instituciones de Educación Artística de Gestión Estatal y
Gestión Privada dependiente de este Ministerio, conforme se detalla en
el Anexo I, que compuesto de once (11) fojas, forma parte de la presente
resolución.
Art. 2°.- CONVALIDAR a partir del Ciclo Lectivo 2017, la implementación
gradual de los Ciclos Artísticos Vocacionales y de los Talleres Instituciona-
les de Expresión Artística.
Art. 3°.- DISPONER que al nalizar cada Ciclo Artístico Vocacional se otor-
gue al concursante una certicación institucional.
Art. 4°.- DEJAR sin efecto la Resolución N° 817/01 y toda normativa que se
oponga a lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Art. 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/daczxJ
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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