Resolución N 396/GCABA/SSPLAN/10
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 3 de Septiembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 396/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA AL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN
Buenos Aires, 03 de septiembre de 2010
RESOLUCIÓN N.° 396/SSPLAN/10.
Buenos Aires, 3 de septiembre de 2010
VISTO:
El Expediente N° 96040/2010 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Estomba N° 3350/54/56 U F N° 1, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar y Estudio Profesional;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 36,99m2 de los cuales 21,82m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Lavadero y Paso), en tanto que 15,17m2 en forma no reglamentaria (PB: Estudio Profesional y Baño) según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 10) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 29 a 37), con destino Vivienda Multifamiliar y Estudio Profesional;
Que obra a fojas 17/18 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión se encuentra afectada a la ley 13.512 de propiedad horizontal; con su autorización correspondiente según consta a fojas 28;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de obra, y el Art. 4.6.3.1 Áreas y Lados Mínimos de Locales de Primera y Tercera Clase, ambos del Código de la Edificación y el Art. 4.1.3.3 Prohibiciones Relativas a las áreas descubiertas del Código de Planeamiento Urbano;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. Obras en contravención del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 38 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración jurada del profesional interviniente (fs. 17/18)...
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