Resolución N° 220/MJGGC/21
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 12 de Abril de 2021 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 220/MJGGC/21
Buenos Aires, 26 de marzo de 2021
VISTO: El Decreto N° 224/13 y modificatoria Resolución N° 4734-GCABA/MHFGC/20,
las Resoluciones Conjuntas Nros. 11-SECLYT/13, y sus modificatorias 10/SECLYT/14
y 2/SECLYT/15, las Resoluciones Nros. 62-GCABA-MJGGC/21, 64-GCABA-
MJGGC/21, el Expediente Electrónico N° 9617309- - GCABA-MJGGC, y asociados, y
CONSIDERANDO:
Que por las Resoluciones Nros. 62-GCABA-MJGGC/21, 64-GCABA-MJGGC/21, se
autorizó la contratación, de diversas personas, bajo la modalidad de locación de
servicios, para desempeñarse en esta Jefatura de Gabinete de Ministros, por el
período comprendido entre el 01/01/2021 al 31/12/2021;
Que esta Jefatura de Gabinete de Ministros, propicia un incremento en el monto
originario de los honorarios fijados en los contratos de locación de servicios de las
personas que se indican en el Anexo I, de la presente, en razón al desarrollo de las
tareas asignadas;
Que esta repartición cuenta con el crédito suficiente dentro de su presupuesto para
hacer frente a dicha erogación;
Que a efectos de dar cumplimiento a lo expresado precedentemente, corresponde
modificar parcialmente las mencionadas resoluciones, estableciendo los nuevos
montos de honorarios mensuales, mediante la suscripción de una Cláusula Adicional al
respectivo contrato.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Modifícase parcialmente el Anexo I de las Resoluciones Nros. 62-GCABA-
MJGGC/21, 64-GCABA-MJGGC/21, respecto de los honorarios fijados en los
contratos de locación de servicios, de diversas personas, por el importe y período que
se indica en el Anexo I (IF-2021-09699456-GCABA-SSCLTA), de la presente.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la
respectiva partida del presupuesto en vigor.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal Técnica y Administrativa, de la
Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6096 - 12/04/2021
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