Resolución N° 219

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición16 de Julio de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 131
CORDOBA, (R.A.) LUNES 16 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
y dirección de obras en construcción, se establece la escala a aplicar para
el Registro Diferenciado y se estipulan los honorarios referenciales para la
liquidación de aportes previsionales por tareas de Ingenieros Agrónomos,
la que como Anexos I y II compuestos de dieciséis (16) y una (1) fojas
útiles, respectivamente, se acompañan y forman parte integrante del pre-
sente instrumento legal.
Artículo 2°- DISPÓNESE que los valores acordados en el Acta Acuer-
do N° 9 del 14 de septiembre de 2017 y su Adenda de fecha 23 de mayo
de 2018, aprobadas por el artículo anterior, solo resultan obligatorios para
la determinación de los honorarios y aranceles de los profesionales cuyas
entidades representativas hayan suscripto los referidos instrumentos.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, publíque-
se en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO ROBERTO SOSA, MINIS-
TRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO - JORGE EDUARDO CÓRDOBA,
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 631
Córdoba, 13 julio de 2018
VISTO: La ausencia temporaria del señor Director General de Educación
Técnica y Formación Profesional;
Y CONSIDERANDO: Que resulta necesario a los nes del normal des-
envolvimiento de las tareas relativas a esa Dirección, encargar la rma
de su despacho a la Señora Claudia Aída Brain (M.I.N° 20.528.364), en
todo lo concerniente a temas referidos al nivel secundario y a la Señora
Secretaria de Educación Delia Provinciali, en cuestiones que por su enti-
dad, naturaleza y relevancia ameriten el conocimiento y aprobación de esa
autoridad ministerial.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Ministerios;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Artículo 1º. ENCARGAR la rma del despacho de la Dirección de
Educación Técnica y Formación Profesional a la Prof. Claudia Aída Brain
(M.I.N° 20.528.364) , en todo lo concerniente a nivel secundario, a partir
de la fecha del presente instrumento legal.
Artículo 2º. ENCARGAR a la Señora Secretaria de Educación Delia
Provinciali, la rma de todas las cuestiones de la Dirección General de
Educación Técnica y Formación Profesional que por su entidad, naturaleza
y relevancia ameriten el conocimiento y aprobación de esa autoridad minis-
terial.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTERIO DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 219
Córdoba, 13 de julio de 2018
VISTO: El Decreto Nº 1693/16 y las Resoluciones Ministeriales Nº 122/17 y
191/18, modicatorias del Anexo Único del mencionado Decreto.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5° de la Resolución Nº 122/17 de este Ministerio dis-
puso delegar las funciones asignadas como Autoridad de Aplicación por
Decreto Nº 1693/16, en la Secretaría de Innovación y Modernización de
esta Cartera de Estado.
Que a los nes de dotar de celeridad al procedimiento, se estimó
conveniente concentrar en la Secretaría de Innovación y Modernización
dependiente de este Ministerio, todas las funciones y responsabilidades
vinculadas a la vericación, control y seguimiento de las garantías ofreci-
das por el loteador, habiéndose a tal n dictado la Resolución Ministerial Nº
191/18.
Que en la instancia y habiéndose vericado la existencia de un error
material en los artículos 4º y 5º al haberse consignado a la “Secretaría de
Administración Financiera del Ministerio de Finanzas”, cuando a tenor de lo
expresado supra correspondía a la “Secretaría de Innovación y Moderni-
zación del Ministerio de Finanzas”, resulte menester recticar los referidos
artículos en tal sentido.
Por ello, atento lo expresado precedentemente,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º RECTIFICAR el texto del punto 4.5.6 del Anexo Único del
Decreto Nº 1693/16, modicado por Resolución Ministerial Nº 191/18, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“4.5.6. En caso de incumplimiento por parte del loteador en la ejecu-
ción de las obras de infraestructura y/o equipamiento en el tiempo y
modo propuestos y autorizados, las diferentes reparticiones provin-
ciales, de conformidad al procedimiento que cada repartición haya
establecido como mecanismo de control, noticarán de inmediato a la
Secretaría de Innovación y Modernización del Ministerio de Finanzas,
para que se formule el emplazamiento correspondiente, a efectos de
que en un plazo no mayor de 15 (quince) días hábiles reestablezca la

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