Resolución N 326/GCABA/SSPLAN/10
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 9 de Agosto de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 326/GCABA/SSPLAN/10SE RECHAZA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA CATALOGACIÓN DEL INMUEBLE SITO EN BUCARELLI 2143
Buenos Aires, 09 de agosto de 2010
RESOLUCIÓN N.° 326/SSPLAN/10
Buenos Aires, 9 de Agosto de 2010
VISTO:
El Decreto Nro. 1510/97, la Ley 3056, el Código de la Edificación, el Expediente Nro. 1237567/09 por el que tramita la demolición total y obra nueva en el predio sito en la calle Bucarelli Nro. 2143 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la documentación relacionada con la demolición total y obra nueva a realizarse en el predio sito en la calle Bucarelli Nro. 2143 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que debido a tratarse de un edificio comprendido dentro de las estipulaciones establecidas por la Ley 3056 se solicitó la intervención de la Dirección General de Interrelación Urbanística;
Que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, mediante Nota s/n CAAP-09, informa que a partir del estudio realizado del inmueble corresponde catalogarlo con nivel cautelar;
Que mediante Dictamen Nro. 3788-DGIUR-09 la responsable del Área Supervisión Patrimonio Urbano informó que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales determinó la protección con nivel cautelar del inmueble;
Que el Sr. Luís Aníbal Poj, manifestando ser socio gerente de la firma Viscom de Construcción y Financiera S.R.L. propietaria del inmueble, interpone recurso de reconsideración contra el presente expediente administrativo;
Que entre las Fs. 133/142 obran copias del acta del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales donde se determinó la catalogación del inmueble sito en la calle Bucarelli Nro. 2143, de la Nota Nro. 40778-DGIUR-10 mediante la que se solicitó la inclusión del mismo en el catalogo preventivo y de la Resolución Nro. 02-SSPLAN-10 por la que se incorporó el mencionado inmueble en el Catalogo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el Código de Planeamiento Urbano (punto 10.3) establece que la catalogación de edificios es uno de los medios utilizados por el estado local para llevar a la práctica la protección de los bienes jurídicos: la preservación de inmuebles por sus valores urbanísticos, arquitectónicos, histórico-culturales y/o singulares;
Que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba