Resolución N° 217 Letra A

EmisorDirección General de Inspección de Personas Jurídicas
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 166
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 26 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 192
Letra:A
Córdoba, 20 de Julio de 2016
VISTO:
El Expediente N° 0640-001318/2015, mediante el cual la entidad civil de-
nominada “ASOCIACION SIRIOLIBANESA Y MUNDO ARABE DE BELL
VILLE-ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdo-
ba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como
Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b)-, 169,174
y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades con-
feridas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “ASOCIACION SI-
RIOLIBANESA Y MUNDO ARABE DE BELL VILLE-ASOCIACION CIVIL,
con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a
funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada “ASO-
CIACION SIRIOLIBANESA Y MUNDO ARABE DE BELL VILLE-ASOCIA-
CION CIVIL”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de veinte
(20) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción
por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los nes de la
rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento
de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín O-
cial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscrip-
ción en el registro pertinente y archívese.
GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 217
Letra:A
Córdoba, 5 de Agosto de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0007-120031/2015, mediante el cual la entidad civil de-
nominada “ASOCIACION FAMILIARES Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO
INTELECTUAL CAMOATI”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba,
República Argentina, solicita autorización estatal para la Reforma del Esta-
tuto, dispuesta en Asamblea Extraordinaria con fecha 1 de Agosto de 2015.
CONSIDERANDO:
Que, atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los
requisitos formales, scales estatutarios y legales con relación a la Asam-
blea Extraordinaria con fecha 1 de Agosto de 2015de la entidad civil de-
nominada “ASOCIACION FAMILIARES Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO
INTELECTUAL CAMOATI” CUIT N° 30-65765262-2 con domicilio social en
la Provincia de Córdoba , en la cual se resolvió la reforma de los artículos
15, 16, 17, 18, y 36 en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. b), 168, 174
y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada por
Resolución N° 137 “A”/92 de fecha 14 de Julio de 1992.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma del Estatuto social, en los artículos 15,
16, 17, 18, y 36 de la entidad civil denominada “ASOCIACION FAMILIARES
Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO INTELECTUAL CAMOATI” CUIT N° 30-
65765262-2 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, sancionada
en Asamblea Extraordinaria con fecha 1 de Agosto de 2015, en procura de
mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 218
Letra:A
Córdoba, 5 de Agosto de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0007-123314/2015, mediante el cual la entidad civil deno-
minada “FUNDACIÓN PRESAC” (Fundación Farmacéutica para la preven-
ción y educación en salud comunitaria), con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcio-
nar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha
vericado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y scales exi-
gidos.

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