Resolución Nº 90/10

Fecha de disposición30 Marzo 2010
Fecha de publicación18 Agosto 2010
Número de Gaceta26417

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA . Resolución Nº 90/10.

La Plata, 30 de marzo de 2010.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 (T.O. Decreto Nº 1.868/04) su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, el Contrato de Concesión suscripto, lo actuado en el Expediente Nº 2429- 7453/2009, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones indicadas en el Visto tramita un reclamo planteado por el señor Claudio Gerardo SANTAMARÍA, solicitando la intervención de este Organismo de Control para que la COOPERATIVA ELÉCTRICA DE MONTE LIMITADA (C.E.M.), se abstenga de continuar prestando servicio eléctrico a las personas que se encuentran ocupando los terrenos de su propiedad, en el barrio Montemar, del Partido de San Miguel del Monte (fs 1/28); Que, con su presentación, adjuntó escritura traslativa de dominio a su favor Nº 219, que da cuenta de haber adquirido un terreno ubicado en calle El Zorzal entre El Chingolo y El Hornero de la ciudad y Partido de Monte, designado como Lote Ocho de la Manzana J, Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección C, Chacra 12, Manzana 12-g, Parcela 8 (fs 1/4); Que en dicha escritura consta que "...Las partes manifiestan en este acto que el lote de terreno deslindado se encuentra al momento de la firma de la presente escritura con un intruso, hecho conocido por el comprador y que este lo acepta..."; Que también agregó Escritura traslativa de dominio Nº 239 de venta a su favor, correspondiente a dos lotes de terreno designados como Lotes 16 y 17 de la Manzana J.

Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección C, Chacra 12, Manzana 12-g, Parcela 16 y Parcela 17 (fs 5/8); Que, asimismo, dicho título consigna que "...Las partes manifiestan en este acto que el lote de terreno designado como Lote 16 de la Manzana "J" se encuentra al momento de la firma de la presente escritura con un intruso, hecho conocido por el comprador y que este lo acepta, desligando de toda responsabilidad a la parte vendedora y haciéndose cargo de todos los gastos que demande su desalojo por intruso..."; Que, por último, obra escritura traslativa de dominio Nº 238, de venta a su favor, de un terreno designado como Lote quince de la Manzana "J", identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Chacra 12, Manzana 12-g, Parcela 15 (fs 9/11); Que el reclamante solicitó a la...

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