Resolución Nº 115/10

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución Nº 115/10.

La Plata, 21 de abril de 2010.

VISTO la Ley Nº 11.769 (T.O. Decreto Nº 1868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, la Resolución N° 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución MIVySP N° 21/04, lo actuado en el expediente N° 2429-8037/2010, y CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº 2479/04, corresponde a este Organismo de Control administrar el Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias;

Que por Resolución N° 113/01 del ex Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, se fijaron los aportes y los criterios para determinar las compensaciones que, mensualmente, corresponden a cada distribuidor;

Que mediante la citada Resolución se resolvió, además, que a partir del mes de febrero de 2001 se compense a los distribuidores municipales los costos propios eficientes de abastecimiento (artículo 4 inciso a) y de distribución (artículo 4 inciso b) cuando éstos sean superiores a los respectivos costos reconocidos en las tarifas de referencia que apliquen;

Que los valores de costos de distribución aprobados por la citada Resolución tuvieron validez hasta el 31 de enero de 2007;

Que la promulgación de la Resolución N° 15/08 del M.I.V.y S.P se sustituye el anexo de la Resolución Nº 288/06 estableciéndose nuevos valores mensuales para las compensaciones por costos de distribución correspondientes a las concesionarias receptoras del Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias a partir del mes de febrero 2008;

Que este Organismo de Control, mediante Resolución OCEBA Nº 008/98 y N° 349/01 estableció los plazos para ingresar los aportes, el contenido y plazo para suministrar la información correspondiente;

Que corresponde el reconocimiento a las Cooperativas Eléctricas abastecidas por EDE- LAP del ajuste de costos de abastecimiento, según lo establecido en el Decreto PEN N° 802/05 Cláusula 4, y conforme a la intervención del Directorio del OCEBA según lo actuado en Expediente 2429-3615/2007, contra la presentación de la factura de compra de energía de cada Distribuidor;

Que con el fin de equilibrar la variación de los ingresos totales de los concesionarios de distribución de energía eléctrica producto del proceso de readecuación tarifaria llevada adelante por la Autoridad de Aplicación, se ha resuelto sustituir el Anexo de la Resolución MISVP N° 271/01 estableciendo los nuevos valores mensuales de compensación adicional fija por Dimensión de Mercado según Resolución MISVP N° 331/07; Que en cumplimiento del convenio de Operación y Mantenimiento de la L.M.T. 33 KV Tres Arroyos-Bellocq-Claromecó firmado entre la provincia de Buenos Aires (a través del Ministerio de Infraestructura) y la Cooperativa Eléctrica de Tres Arroyos (con alcance a las Cooperativas de Bellocq, Claromecó y la localidad de Reta), corresponde distribuir entre las mismas, la cantidad de $ 280.078 correspondiente al tercer año de los costos mencionados (Expte.2429-5749/08) pagadero en doce cuotas iguales y consecutivas a partir del FPCT de setiembre/08;

Que la Resolución Nº 1169/08 dictada por la Secretaría de Energía de la Nación con fecha 31 de octubre de 2008 (B.O. 6/11/08), además de nuevos precios estacionales para el período de verano con vigencia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR