Resolución N 991/GCABA/MAYEPGC/10

FirmantesSantilli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

RESOLUCIÓN N 991/GCABA/MAYEPGC/10SE ARCHIVA EL SUMARIO ADMINISTRATIVO 77-08 - CONTRATACIÓN DE CAMIONETAS Y MÓVILES -AÑO 2.007 - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - IRREGULARIDADES - PAGO A EMPRESAS - ALQUILER - DIRECCIÓN GENERAL DE LIMPIEZA

Buenos Aires, 05 de agosto de 2010

VISTO:

el Expediente N° 16.101/08, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramitó el Sumario Administrativo N° 77/08, ordenado por Resolución N° 329-MAYEPGC/08, instruido a fin de ponderar los hechos denunciados y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder con motivo de la denuncia efectuada por el señor Subsecretario de Higiene Urbana mediante el Informe N° 4.201-SSHU/08;

Que asimismo y en fecha posterior se amplió el objeto del sumario mediante Resolución N° 1.790-MAYEPGC/09, a efectos que de que se investigue la real prestación del servicio contratado que tramitara por Expediente N° 41.996/07;

Que la denuncia de marras aludía a la contratación de camionetas y móviles que se realizaron en el transcurso del año 2007 bajo la modalidad establecida mediante Decreto N° 1.370/01, actualmente derogado, cuya utilización estaba prevista para gastos imprescindibles;

Que según el informe por el que se iniciaron las presentes actuaciones, las referidas contrataciones aparecían como innecesarias y/o desproporcionadamente onerosas para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a su vez, en el informe en cuestión, la Subsecretaría de Higiene Urbana aclara que no obstante la modalidad bajo la cual se tramitaron las contrataciones detalladas, la excepcionalidad de las mismas mediante la norma precitada se convirtió en permanente;

Que continúa el informe describiendo que al analizar la documentación relativa a las contrataciones, se detectaron numerosas irregularidades de fondo y forma, por ejemplo que los actos administrativos que resolvían la aprobación del gasto por la prestación del servicio y el libramiento de la correspondiente orden de pago, expresaban que tramitaban el servicio de alquiler de camionetas y móviles en el marco de la Ley N° 2.095 y se remitían al Expediente N° 41.996/07, el cual como se pudo constatar, constaba de una sola foja: la solicitud de caratulación del 1 de junio de 2007;

Que a su vez, la repartición informante señala supuestas irregularidades relacionadas con la tramitación de los pagos y el cobro por parte de las empresas;

Que abierta la instrucción, prestó declaración informativa Aarón David Vargas Perotti, empleado administrativo en la Dirección General de Limpieza, quien manifestó que en el año 2007 ejercía el control de volquetes y el servicio de camionetas que salían a inspeccionar las zonas que estaban a cargo de las diferentes empresas de limpieza, agregando que no se inspeccionaban a las empresas prestatarias sino al contribuyente que arrojaba la basura fuera de horario;

Que el declarante continuó informando que las personas que realizaban tareas en las camionetas eran 60 o 70 inspectores y verificadores, y realizaban la tarea en dichas camionetas en dos grupos: uno a la mañana y otro a la tarde; los del turno de la mañana realizaban controles de casas y terrenos, denuncias en la vía pública, también paseadores de perros, limpieza de caniles, volquetes y operativos especiales, estos inspectores estaban a cargo de Báez; los de la tarde estaban controlados por Jorge Salsamendi, y realizaban la inspección del arrojo de basura fuera de horario conjuntamente con las empresas prestatarias;

Que el declarante agregó que dependía en forma directa del señor Mario Billubi por entonces Director General y Gabriel Filippi;

Que el dicente expresó que el control y la certificación de los servicios prestados por las camionetas era realizado únicamente por el mismo, y que esta tarea consistía en tomar lista de las camionetas antes de que salieran a la mañana y durante el día, existiendo a la tarde un servicio específico;

Que el agente continuó declarando que también certificaba el servicio prestado por las referidas camionetas en forma quincenal o mensual, consignando la cantidad de horas y días trabajados por los rodados, aclarando que él no generaba en el SIGAF ni la solicitud de gastos, ni la orden de compra ni el compromiso definitivo y que tampoco intervino en la contratación, efectuando solamente la certificación del servicio;

Que a su vez Carlos Alberto Pereira, quien estuvo a cargo de la Dirección General de Limpieza durante la licencia tomada por Filippi, prestó declaración informativa...

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