Resolución Nº 2164/GCABA/MHGC/14

FirmantesGrindetti
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2014

VISTO:

El inciso b) del artículo 85 y los artículos 107 y 108 de la Ley N° 70, el artículo 12 de la

Ley N° 4.809, el Decreto N° 74-GCBA/09, la Resolución N° 331-MHGCBA/09, el

Expediente N° 15.723.623/2014, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 107 de la Ley N° 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del

Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije

anualmente la Ley de Presupuesto General;

Que la emisión que se dispone está contenida dentro de los límites que al respecto

establece el artículo 12 de la Ley N° 4.809;

Que el artículo 12 de la Ley N° 4.809 facultó al Poder Ejecutivo a emitir Letras del

Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero 2014 por un valor nominal de

hasta PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 550.000.000.-), en los

términos del inciso b) del artículo 85 de la Ley N° 70, dicho monto deberá considerarse

parte integrante del monto máximo autorizado por el mencionado artículo; asimismo se

dispone que cada instrumento podrá ser emitido por un plazo máximo de hasta

trescientos sesenta y cinco (365) días contados a partir de la fecha de su emisión;

Que a efectos de la instrumentación en el mercado local de las operaciones referidas

anteriormente se estableció, a través del Decreto N° 74-GCBA/09, el marco normativo

al que estarán sujetos dichos instrumentos de financiamiento, especificando

características, forma y modo de emisión y colocación de los mismos;

Que la presente emisión corresponde al primer tramo del Programa de Emisión de

Letras de Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al

ejercicio 2014, y se llevará a cabo de conformidad con los lineamientos y

procedimientos de licitación pública y colocación que fueron aplicados en las

anteriores emisiones de dichos títulos;

Que por el Decreto N° 74-GCBA/09 se designó al Ministro de Hacienda como

Autoridad de Aplicación, quedando facultado para dictar las normas aclaratorias,

interpretativas y/o complementarias del mencionado decreto;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 3° y 6° del Decreto N°

74-GCBA/09;

EL MINISTRO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1° Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires en Pesos a 270 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS

DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL (V.N. $

256.042.000.-), de acuerdo a las siguientes condiciones particulares:

  1. Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en

    Pesos a 270 días.

  2. Moneda de emisión y pagos: Pesos.

  3. Fecha de emisión: 27 de noviembre de 2014.

  4. Fecha de la Licitación: 26 de noviembre de 2014.

  5. Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS

    DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUARENTA Y DOS MIL (V.N. $

    256.042.000.-).

  6. Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL

    PESOS UNO (VN. $ 1.-).

  7. Plazo: DOSCIENTOS SETENTA (270) días.

  8. Vencimiento: 24 de agosto de 2015.

  9. Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la

    amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.

  10. Interés:

    j.1) Tasa aplicable: Está compuesta por un componente flotante más un margen fijo

    resultante de la licitación expresado en porcentaje (%) anual.

    El componente flotante se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de

    interés a plazo fijo de TREINTA (30) a TREINTA Y CINCO (35) días, de montos

    mayores o iguales a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) -BADLAR- promedio banco

    privados, calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el Banco

    Central de la República Argentina desde los 10 días hábiles anteriores al inicio de cada

    cupón y hasta los 10 días hábiles anteriores al vencimiento de cada cupón de intereses.

    j.2) Cálculo de interés: Sobre su valor nominal, desde el día de inicio del período de

    interés hasta el día previo del comienzo del siguiente período...

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