Resolución N° 2163/MEIGC/18

EmisorMinisterio de Educación e Innovación
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 2163/MEIGC/18
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5.666), Decreto Reglamentario Nº
326/GCABA/17, la Resolución Conjunta Nº 5-SECLyT-MHGC-MMGC-MJGGC-2014, el
Expediente Electrónico Nº 15067719-MGEYA-DGAR-2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del Visto tramita la cláusula adicional de la prórroga del contrato
de locación administrativa del inmueble sito en la calle Amancio Alcorta 1934 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a la Escuela Primaria Nº 8 del Distrito
Escolar 5º;
Que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta de aplicación la Ley
de Compras y Contrataciones N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5.666)
reglamentada por el Decreto N° 326-GCABA-17;
Que en dicha Ley, se encuentra encuadrada la locación de un inmueble por parte del
sector público de la misma. Que el artículo 25 de la referida Ley, dispone que para la
ejecución de los contratos que contempla, la regla general es “la licitación pública o
concurso público“, agregando en el artículo 26 que los procedimientos de selección del
contratista para tales operaciones son: a) Licitación o Concurso; b) Contratación
Directa y c) Remate o Subasta Pública;
Que oportunamente el contrato de locación administrativa fue aprobado por
Resolución Nº 4075/MEGC/15 y venció el día 30 de junio de 2018;
Que la cláusula tercera del aludido contrato estipula la facultad del locatario para
prorrogar la vigencia del mismo;
Que por lo tanto, el marco jurídico en el que se halla encuadrada la prórroga de la
locación del inmueble como la que se plantea en las actuaciones del Visto, resulta del
Decreto Nº 326/GCABA/2017, artículo 28, inciso 12, apartado m) anexo I: "Finalizado
el plazo estipulado en el contrato, el eventual uso de la prórroga previsto en el mismo
deberá plasmarse mediante la celebración de una cláusula adicional...";
Que cabe señalar, que se ha dado cumplimiento a las disposiciones previstas en el
artículo 28, inciso 12 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/2017,
respecto a los apartados a) y b) y, en función de la Dirección General de
Administración de Bienes y Concesiones dependiente del Ministerio de Economía y
Finanzas, informa que realizó una exhaustiva búsqueda, en el Registro Único de
Bienes Inmuebles (RUBI), y que no existen en la actualidad inmuebles disponibles de
titularidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que posean las características
necesarias para los fines solicitados;
Que tal situación motivó a la Dirección General de Administración de Recursos de este
Ministerio, a realizar tratativas con los propietarios del inmueble que dieron como
resultado la cláusula adicional de prórroga del contrato de locación administrativa
registrado por la Dirección General Escribanía General bajo el N° 38904688-RL-15 el
23/12/15, que tendrá un plazo de duración de tres (3) años, a partir del 1 de julio de
2018, con un valor locativo de pesos sesenta y ocho mil ($ 68.000.-) mensuales para
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5459 - 18/09/2018

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