Resolución N° 216-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 216/AGC/18
Buenos Aires, 23 de febrero de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (Texto consolidado por la Ley
5.666), el Expediente N° 264736/10, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el visto tramita la solicitud de habilitación
efectuada por la firma AVIFRA S.R.L., respecto del local sito en la Av. Amancio Alcorta
N° 1702/12/3 y Pedriel Nº 411/19 PB y PA de esta Ciudad, para desarrollar el rubro
“Comercio Mayorista de Productos Perecederos (con deposito art. 5.2.8 inciso a)“;
Que a través del Informe de Rubros Rechazados y Motivos la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud "toda vez que no se han
subsanado las observaciones formuladas", en los términos del Decreto N° 93/2006;
Que mediante la Presentación Agregar N° 2, el Sr. Hugo Orlando Frascaroli -socio
gerente de la firma titular del trámite- interpuso Recurso de Reconsideración contra el
mencionado rechazo y adjuntó documentación;
Que por medio de las Presentaciones Agregar Nros. 3, 4 y 5, el impugnante ha
solicitado la resolución del recurso;
Que a través de la Disposición Nº 9786-DGHP/17, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos desestimó el recurso incoado por cuanto "carece de
sustento para modificar el criterio adoptado";
Que corresponde en esta instancia el tratamiento del Recurso Jerárquico que opera en
subsidio del Recurso de Reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos
previstos por el artículo 111° y subsiguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1.510-GCBA/97;
Que con posterioridad a la notificación de la Disposición Nº 9786-DGHP/17, no se
registra presentación alguna del recurrente ni circunstancias que conmuevan los
fundamentos del acto administrativo objeto del recurso interpuesto;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2017-26237741-DGAIP opinando que "(...) no existen elementos o argumentaciones
esgrimidas por parte del impugnante, que determinen la adopción de un temperamento
distinto (...) deberá desestimarse el recurso jerárquico (...)";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico que opera en subsidio del Recurso de
Reconsideración interpuesto por el Sr. Hugo Orlando Frascaroli -socio gerente de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5331 - 09/03/2018

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