Resolución N° 214 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorSecretaría de Educación
Fecha de la disposición20 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 76
CORDOBA, (R.A.) LUNES 23 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que el artículo 49 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor prevé
que en la aplicación y graduación de las sanciones previstas en el artículo
47 de la mencionada norma se tendrá en cuenta, entre otras consideracio-
nes, el carácter de reincidente del infractor;
Que el artículo 10 de la ley 10.247 en su inciso “n” faculta a la autoridad de
aplicación de la ley de defensa del consumidor a crear, promover, organi-
zar y mantener actualizado un registro provincial de infractores a las leyes
nacionales n° 24.240 – de Defensa del consumidor-, n° 22.802 – de lealtad
comercial- y n° 19.511 – de metrología legal- y sus normas reglamentarias,
modicatorias y complementarias, poniéndolo públicamente a disposición
de todos los consumidores y usuarios que deseen consultarlo
Que, a esos efectos, corresponde que la autoridad de aplicación disponga
de un Registro de Infractores a la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumi-
dor en el ámbito de la provincia de Córdoba;
Qué asimismo, la instrumentación del mencionado Registro importará el
aporte de valiosa información estadística;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por el artículo 41
de la ley 24.240 de defensa del consumidor y 10 de la ley 10.247.
EL DIRECTOR DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y
LEALTAD COMERCIAL DE LA PCIA. DE CÓRDOBA
RESUELVE
Artículo 1° - Créase el Registro de Infractores a la Ley N° 24.240 de De-
fensa del Consumidor de la Ciudad de Córdoba, en el ámbito de la Direc-
ción de Defensa del Consumidor, dependiente del Ministerio de Industria
Comercio y Minería de la Provincia de Córdoba, conforme anexo único
compuesto de fs. Útiles una (1) que forma parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2° - El Registro de Infractores a la Ley N° 24.240 creado en el
artículo primero, tendrá la función de servir de soporte informativo a la
Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.240 de la Provincia de Córdoba, y
tendrá como objetivo proveer la información necesaria a n de determinar
si el infractor es reincidente en los términos del artículo 49, segundo párra-
fo, de la Ley N° 24.240, lo que incidirá en la aplicación y graduación de las
sanciones que se dicten en virtud de la normativa aplicable.
Artículo 3º - Protocolícese, publíquese. -
FDO: ARIEL JURI , DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMI-
DOR Y LEALTAD COMERCIAL.
ANEXO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 213
Córdoba, 20 de abril de 2018
VISTO: Las actuaciones presentadas por la Fundación Olimpíada Mate-
mática Argentina, en las que solicita declarar de Interés Educativo a la
“Olimpíada Matemática Argentina”, que organizada por dicha Fundación,
se llevará a cabo durante el presente año en distintas ciudades del país.
Y CONSIDERANDO Que el evento tiene como destinatarios a estudiantes
de Nivel Primario y Secundario, tanto de gestión pública como privada.
Que la Olimpíada tiene la nalidad de que los estudiantes participantes
descubran y construyan estrategias de resolución de problemáticas pre-
sentadas en relación a la Matemática, favoreciendo la construcción de
conocimientos a partir de deducciones propias y mediante la puesta en
común con sus pares y docentes.
Que en este sentido, el evento busca generar un espacio de encuentro,
discusión y fortalecimiento del aprendizaje de la Matemática.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministe-
rial Nº 118/06
L A S E C R E T A R I A D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E
Art.1° DECLARAR de Interés Educativo a la “Olimpíada Matemática Ar-
gentina”, que organizada por la Fundación Olímpiada mMatemática Argen-
tina, se llevará a cabo durante el presente año en distintas ciudades del
país.
Art. 2º. PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, publíquese en el
Boletín Ocial y archívese.
FDO: DELIA M. PROVINCIALI, SECRETARIA DE EDUCACIÓN
Resolución N° 214
Córdoba, 20 DE abril de 2018
VISTO: Las actuaciones presentadas por el Instituto Superior del Profeso-
rado Tecnológico- ISPT, de Córdoba Capital, en las que se solicita declarar
de Interés Educativo al “X Congreso de Educación Tecnológica”, que orga-
nizado por la citada Institución, se llevará a cabo durante los días 11 y 12
de mayo del corriente año, en las instalaciones del citado Instituto.
Y CONSIDERANDO: Que el Congreso tiene como nalidad reexionar y
debatir en relación al progreso y avance de los procesos tecnológicos que
inciden tanto en el mundo del trabajo como en la vida cotidiana, así como
también compartir diferentes perspectivas y enfoques acerca de la ense-
ñanza de la Tecnología en la Escuela.
Que están programadas distintas actividades, como conferencias a cargo
de especialistas, talleres con temáticas especícas y ateneos.
Que el Congreso está destinado a docentes de todos los Niveles Educa-
tivos y estudiantes de los Institutos de Formación Docente de Educación
Tecnológica.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministe-
rial Nº 118/06

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