Resolución N° 213/AGIP/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 6 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 213/AGIP/18
Buenos Aires, 30 de julio de 2018
VISTO:
LAS LEYES Nº 471, Nº 2.603 y Nº 1.218 (T. C. LEY Nº 5.666), EL DECRETO Nº
745/08, LA RESOLUCION Nº 500/AGIP/2008 Y MODIFICATORIAS, Nº 35/PG/2014 Y
Nº 254/AGIP/2014, Y EL EXP Nº 2018-1256349-MGEYA-DGR Y,
CONSIDERANDO:
Que la presente trata del robo de una notebook marca TOSHIBA modelo Portege 835
serie Nº 9B10725H con su respectivo cargador de batería 110/220V serie
T0411322046366A, ocurrido entre los días viernes 29 de diciembre del 2017 y 2 de
enero del 2018, propiedad de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos;
Que el día 2 de enero de 2018 se radicó la pertinente denuncia policial ante la
Comisaría 3 de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, la cual dio origen al sumario
policial Nº 6117/2018 caratulado “delito art. 164.- robo - sin modalidad“;
Que el día 5 de enero del 2018 la agente Laura Kolinski, agente dependiente de la
División II del Departamento C de la Dirección Fiscalización II comunicó formalmente
el robo del que fue víctima a sus superiores mediante el correspondiente informe
circunstanciado donde indicó que la notebook objeto del ilícito había sido guardada
bajo llave en un armario ubicado el piso 2 del edificio de la calle Esmeralda 566 de
esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que el día 2 de enero de 2018 notó que el
armario estaba forzado y había sido robada la notebook y su cargador;
Que conforme el remito de entrega aportado se trataba de una computadora notebook
que se le entregó en comodato a fin de realizar sus tareas laborales;
Que conforme lo determinado por la Resolución Nº 35/PG/2014 y Nº 254/AGIP/2014
se generó el correspondiente expediente con trata reservada E.E.R. Nº 2018-1256349-
MGEYA-DGR;
Que el suscripto comparte lo aconsejado por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Dictamen PV-
2011-00977252-DGSUM, en razón que el Administrador Gubernamental de Ingresos
Públicos Posee facultades necesarias para requerirle en forma directa a la Procuración
General la instrucción de un sumario administrativo;
Que ante la necesidad de esclarecer la real ocurrencia de los hechos, se le ha dado
debida intervención a la Dirección General Legal y Técnica de esta Administración
Gubernamental a los efectos que determine si corresponde atribuir responsabilidades
de índole disciplinaria de acuerdo a las previsiones establecidas por la Ley 471 (T. C.
Ley Nº 5.666) y normativa concordante;
Que, en virtud de lo expuesto, a fin de investigar los hechos denunciados y deslindar
las responsabilidades administrativas corresponde requerir a la Dirección General de
Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires la instrucción de
pertinente sumario administrativo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5429 - 06/08/2018

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