Resolución Nº 212/GCABA/SGYRI/16

FirmantesStraface
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.454), el Decreto 95/14 y sus

modificatorios, la Resolución N° 176/SEGYRI/16, el Expediente Electrónico N°

16953635-MGEYA-DGTAD/16, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 101-

1770-CME16 cuyo objeto es la adquisición de "Equipamiento Informático Portátil", con

destino a la Secretaría General y Relaciones Internacionales, al amparo de lo

establecido en el Artículo 38 de la Ley N° 2.095, el Decreto N° 95/14 y sus

modificatorios;

Que por Resolución N° 176/SGYRI/16, se aprobaron los Pliegos de Bases y

condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y, así también se dispuso el

llamado a Contratación Menor mediante el sistema de compras electrónicas BAC para

el día 16 de agosto de 2016 a las 11:00 horas;

Que se cursaron las invitaciones de rigor a través del sistema de compras electrónicas

BAC;

Que ha sido publicado en el sitio oficial de Internet del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la

convocatoria al presente llamado de Contratación Menor;

Que habiéndose llevado a cabo la Apertura de la Contratación que tramita, y conforme

surge del Acta respectiva, se recibieron las ofertas de las siguientes firmas: E3

GROUP INTERACTIVE TECHNOLOGY AND ADVERTAIMENT S.A., AVANTECNO

S.A. y AMERICANTEC S.R.L.;

Que la Secretaría General y Relaciones Internacionales mediante IF-2016-20446072-

SGYRI advierte que la única oferta que cumple con las condiciones establecidas en el

Pliego de Especificaciones Técnicas es la de la empresa E3 GROUP INTERACTIVE

TECHNOLOGY AND ADVERTAIMENT S.A. pero, no obstante ello, debido a que su

oferta económica supera en un 47% el monto del presupuesto oficial, resulta ser no

conveniente, en términos económicos, para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en tal sentido el Organismo solicitante, atento el estado de las actuaciones y

haciendo uso de las prerrogativas establecidas en el artículo 19 del Pliego de Bases y

Condiciones Particulares, como así también del artículo 84 de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado por Ley N° 5.454) manifiesta considerar oportuno dejar Sin Efecto la

presente Contratación...

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