Resolución N 216/GCABA/SSPLAN/10

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 216/GCABA/SSPLAN/10SE AUTORIZA EL REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN PARA LA FINCA SITA EN SANABRIA 4818/20

Buenos Aires, 04 de junio de 2010

RESOLUCIÓN N° 216 - SSPLAN/10

Buenos Aires, 4 de junio de 2010

VISTO: El Expediente N° 90157/2006 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Sanabria N° 4818/20, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 133,67m2 de los cuales 77,35m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Cocina, Sector Dormitorio, Alero, Sector Estar Comedor y Quincho; PA: Dormitorios, Toilette, Alero y Paso), en tanto que 56,32m2 en forma no reglamentaria (PB: Lavadero, Garaje, Galería, Alero, Escalera y Baño; PA: Alero), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (fojas N° 2) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas 73 y 76 a 79); con destino "Vivienda Unifamiliar";

Que obra a fojas 25/26 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13512 de propiedad horizontal; según consta a fojas 13;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. "Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.3.2 "Áreas y Lados Mínimos de las Cocinas, espacios para Cocinar, baños y retretes, Lavaderos y Secaderos", el Art. 4.6.3.4 "Escaleras Principales sus características" y el Art. 4.6.4.3 "Iluminación y Ventilación de Locales de Segunda Clase y Escaleras Principales", todos del Código de la Edificación y el Art. 5.4.1.2 "Distrito R1bI, Disposiciones Particulares, inciso a) Línea de Retiro Obligatorio" del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en contravención", del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887.

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs.42 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya...

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