Resolución N° 210 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor25 de Marzo de 2022
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 62
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 25 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas – POP, de conformidad a
lo prescripto por la Ley Nº 10.618, su Decreto Reglamentario Nº 750/2019,
la Resolución Nº 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Moderniza-
ción, la Resolución Nº 20/2019 de la Dirección General de Compras y Con-
trataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria
de aplicación en la especie.
Que la Dirección General de Asuntos Legales advierte sobre la exis-
tencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su contenido.
Que la obra de referencia fue adjudicada al Consorcio Caminero Único
creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, por
Resolución Ministerial Nº 344/2021 de fecha 1 de octubre del 2021, suscri-
biéndose el contrato de obra el día 17 de noviembre del mismo año.
Que se acompaña en autos copia del Legajo Único de contratación de
la obra, tramitada por Expediente N° 0045-023064/2021, que en su punto
II.2.3 establece un Fondo de Reparos del 5% del importe total de cada
certicado de obra mensual ejecutada, y en su punto II.2.6 que “La inspec-
ción, medición y certicación de las obras estará a cargo de la DPV (…)”.
Que la Ley de Obras Públicas Nº 8614 en su Artículo 59 dispone que
“…En todo certicado de pago de obra de construcción se descontará del
cinco por ciento (5%) al diez por ciento (10%) de su importe para formar el
fondo de reparos según se determinen en los pliegos respectivos. En los
casos de pago diferido, la autoridad competente determinará la necesidad
de formarlo y el monto del mismo. Este depósito podrá ser sustituido por los
demás medios y modos previstos en el Artículo 22, previa aceptación de la
autoridad competente…”.
Que el Presidente del Consorcio Caminero Único acompaña en au-
tos Póliza de Caución “Sustitución Fondo de Reparo - Obra Pública” N°
937.436, Condiciones Particulares, Cláusula 73 y Anexo 99 con vigencia
desde las 0 horas del día 20 de diciembre del 2021, “…hasta la extin-
ción de las obligaciones del Tomador cuyo cumplimiento cubre…”, donde
se consigna que los asegurados son el “Gobierno de Córdoba – Ministerio
de Obras Públicas – Dirección de Vialidad – Consorcio Caminero Único”,
emitida por ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD
ANÓNIMA, CUIT N° 33-50005703-9, por un monto de Pesos Nueve Mi-
llones Novecientos Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Ochenta y Cinco ($
9.949.385,00), en relación a la obra de referencia, constituyendo el asegu-
rador domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y sometiendo cualquier litigio
a la jurisdicción del domicilio del asegurado.
Que según constancias del Portal de Obras Públicas – POP la obra de
que se trata registra un avance acumulado del 0,15%, conforme “MEDICIÓN
MENSUAL N° 001-0 CORRESPONDIENTE AL PERIODO FEB – 2022”.
Que obra Dictamen Nº 98/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, atento a la constan-
cias de autos, lo establecido en los artículos 22 y 59 de la Ley de Obras
Públicas N° 8614, artículo 107 del Pliego General de Condiciones (Decreto
N° 4758/77) puede aprobarse la sustitución de que se trata para aquellos
certicados que a la fecha del presente instrumento legal se hubieran emi-
tido –en caso de así corresponder- y para los que se emitan en el futuro,
hasta el monto propuesto.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 98/2022 y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR la sustitución anticipada del Fondo de Re-
paro mediante Póliza de Seguro de Caución N° 937.436, Condiciones
Particulares, Cláusula 73 y Anexo 99, para aquellos cer tificados que a
la fecha de la presente Resolución se hubieran emitido y para los que
se emitan en el futuro para el Contrato Original de la obra: “PAVIMEN-
TACIÓN CAMINOS SECUNDARIOS Y TERCIARIOS S-331, T-123-04,
T-123-23 – LONGITUD: 5,65 Km – TRAMO: MONTE MAIZ – COLONIA
BARGE - DEPARTAMENTOS: UNIÓN – MARCOS JUÁREZ”, expedida
por ALBA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓ-
NIMA, CUIT N° 33-50005703-9, por un monto de Pesos Nueve Millo-
nes Novecientos Cuarenta y Nueve Mil Trescientos Ochenta Cinco ($
9.949.385,00), hasta cubrir dicho monto, debiéndose reservarse en la
Unidad Ejecutora, el original de la Póliza aludida.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a la Dirección de Vialidad a emitir los Certi-
cados correspondientes según la normativa citada.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, dese copia a la Dirección de Viali-
dad, dese intervención a la Dirección General de Administración de este
Ministerio, dese participación a Asesores de Córdoba S.A., publíquese en
el Boletín Ocial, notifíquese, pase a la Unidad Ejecutora para la Regla-
mentación y Gestión del Consorcio Caminero Único a sus efectos.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 210
Córdoba, 22 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Digital N° 0622-136041/2022, del registro del Minis-
terio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Ministerial N° 384/2020 se aprueba el Plan de
Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Biotecnología”, para ser
aplicado en el Instituto Superior Politécnico Córdoba, dependiente de este
Ministerio.
Que la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesio-
nal solicita realizar las adecuaciones correspondientes al mencionado Plan
de Estudio y propiciar su autorización para su implementación a partir del
ciclo lectivo 2022.
Que lo procurado resulta procedente, toda vez que se enmarca en
la normativa de las Leyes Nros. 9870 de Educación Provincial, 24521 de
Educación Superior y 26058 de Educación Técnico Profesional, como así
también en los lineamientos referenciales acordados por las Resoluciones
del Consejo Federal de Educación Nros. 229/14 y 295/16.
Que la Secretaría de Educación y la Dirección General de Educación
Técnica y Formación Profesional han dado el visto bueno y gestionan la
aprobación de la presente propuesta.

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