Resolución N° 21 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Enero de 2018
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición12 de Enero de 2018
MARTES 16 DE ENERO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXXXVII - Nº 11
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 20
Córdoba, 09 de enero de 2018
VISTO: El expediente Nº 0617-138278/2017 por el que se tramita la amplia-
ción transitoria del Fondo Permanente “A –GASTOS GENERALES-, del
Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley N° 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites.
Que conforme lo faculta la Resolución Ministerial N° 341/09, la Secre-
taría de Administración Financiera autorizó la ampliación transitoria solici-
tada para dicho Fondo Permanente mediante Memorandum N° 014/17.
Que lo actuado debe ser raticado a nivel ministerial, previo a la rendi-
ción de cuentas.
Que no existe objeción técnica a lo actuado.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo prescripto en la Reso-
lución Ministerial N° 341/09, lo previsto en el Artículo 27 (texto según Re-
solución N° 62/17 de la Dirección General de Tesorería y Crédito Público)
del Anexo “A” del Compendio Normativo de la Secretaría de Administración
Financiera, lo informado por la Dirección General de Tesorería y Crédito
Público a fs. 11 y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Asun-
tos Legales de este Ministerio al Nº 002/18,
MINISTERIO DE FINANZAS
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Resolución N° 21 ................................................................... Pag. 1
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 1 ..................................................................... Pag. 2
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1º RATIFICAR la ampliación transitor ia por PESOS UN MI-
LLÓN ($ 1.000.000) del Fondo Permanente “A” –GASTOS GENERALES-
del Ministerio de Educación, autorizada mediante Memorandum N° 014/17
de la Secretaría de Administración Financiera, el que como Anexo I con
una (1) foja útil, forma parte integrante de la presente Resolución y mate-
rializada mediante Documento Único de Ejecución de Erogaciones Nº 1
– Intervención Nº 48 – Ejercicio 2017, emitido por el Servicio Administrativo
del Ministerio de Educación que como Anexo II con una (1) foja útil, for ma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a Contaduría General de la Provincia, a la Dirección Gene-
ral de Tesorería y Crédito Público y al Servicio Administrativo del Ministerio
de Educación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
Anexo: https://goo.gl/JV6EnL
Resolución N° 21
Córdoba, 12 de enero de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0672-013445/2017 por el que se solicita la crea-
ción del Fondo Permanente “R” –ACTIVIDADES COMUNES- del Ministerio
de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 10507 de Presupuesto General para la Administración
Pública Provincial para el año 2018 se crea el Programa Presup uestario
”540-Administración Central Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios
Públicos” del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es
facultad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento
de los Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servi-
cios Administrativos, determinando su régimen y límites al momento de
su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista
técnico-contable en relación a la creación del Fondo Per manente re-
querido, habiendo efectuado la Dirección General de Tesorería y Cré-
dito Público la intervención que le compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción re-
quirente en el sentido que es necesaria la creación propiciada para
dichos fines.
Que la fuente de financiamiento del Fondo Permanente cuya crea-
ción se propicia está constituida por Recursos con Afectación Específi-
ca.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo informado por la
Dirección General de Tesorería y Crédito Público a fs. 10 y de acuerdo
con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales

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