Resolución N° 21 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
Fecha de la disposición16 de Febrero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 36
CORDOBA, (R.A.), LUNES 20 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Colocador (“Dealer Management Agreement”) a celebrarse entre la Pro-
vincia, ,J.P. Morgan Securities LLC y Morgan Stanley & Co. LLC, en idioma
español e inglés.
Que respecto de la viabilidad de la emisión de los referidos Títulos de
Deuda han tomado intervención las áreas técnicas correspondientes del
Ministerio de Finanzas.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, en uso de las atribuciones
conferidas por los artículos 3° de la Ley N° 10.340, 53 y 56 de la Ley N°
9086 y su reglamentación Decreto N° 150/2004, lo dictaminado por Con-
taduría General de la Provincia con fecha 08 de febrero de 2017, por el
Área Legales del Ministerio de Finanzas con el N° 50/2017, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 109/2017 y en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144 inciso 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1°.- APRUÉBASE en todos sus términos y condiciones el
contenido de los proyectos de la documentación relacionada con la emi-
sión de títulos de deuda pública de la Provincia de Córdoba, autorizados
por Ley N° 10.340 y Decreto N° 19/2017 que a continuación se señalan:
1) Prospecto de Emisión de los Títulos de Deuda, en idioma español e
inglés ,que como Anexo 1 forma parte integrante del presente; 2) Contrato
de Colocación (“Purchase Agreement”) a celebrarse entre la Provincia, J.P.
Morgan Securities LLC y Morgan Stanley & Co. LLC, sujetos a la ley allí
establecida, en idioma español e inglés, que como Anexo 2 forma parte
integrante del presente; 3) Oferta de Compra en Efectivo, en español e
inglés, que como Anexo 3 forma parte integrante del presente y 4) Acuer-
do de Agente Colocador (“Dealer Management Agreement”) a celebrarse
entre la Provincia, J.P. Morgan Securities LLC y Morgan Stanley & Co. LLC,
sujetos a la ley allí establecida, en idioma español e inglés, que como Ane-
xo 4 forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- RATIFÍCANSE las facultades conferidas al señor Ministro
de Finanzas en virtud del artículo 4° del Decreto N° 19/2017 y FACÚLTASE
al mismo para: 1) determinar la época, oportunidad, los términos y las
condiciones denitivas de la emisión y colocación de los Títulos de Deuda
y del rescate, reestructuración, canje y/o compra del saldo remanente de
los Títulos Boncor 2017 -Serie Internacional-; 2) negociar y modicar, en
cuanto fuese necesario, el texto de los documentos que se aprueban por
el presente Decreto y negociar, modicar y aprobar los demás documentos
e instrumentos que fuesen necesarios y 3) determinar y aprobar el texto
denitivo de los documentos que se aprueban por el presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro
de Finanzas y el señor Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a
la Legislatura de la Provincia a los efectos pertinentes, publíquese en el
Boletín Ocial, dese al Ministerio de Finanzas y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/Ky2dOZ
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y
OBRAS VIALES
Resolución N° 21
Córdoba, 16 de febrero de 2017
Expediente Nº 0521-054069/2017.-
VISTO: este expediente por el cual el Ente Regulador de los Servicios
Públicos (ERSeP) propicia la individualización de los bienes declarados
de utilidad pública y sujetos a expropiación, para la ejecución de la Obra:
“DUPLICACIÓN DE CALZADA RUTA NACIONAL N° 9 NORTE - TRAMO:
VARIANTE Y ACCESO A GENERAL PAZ”.
Y CONSIDERANDO:
Que en autos la empresa Caminos de las Sierras insta el presente trá-
mite a los nes de que se proceda a individualizar los inmuebles afectados
destinados a la ejecución de la obra citada precedentemente, de conformi-
dad a lo dispuesto en la Ley Provincial 9857 y Decreto N° 353/2015.
Que la citada empresa acompaña Memoria Descriptiva, Plano de Afec-
tación N° CS-PX (R9N)105-ROA, Croquis de Ubicación, Detalles de Parce-
las Afectadas y Planilla de la cual surge que los inmuebles comprendidos
son dieciséis (16) conforme detalle incorporado en las presentes actuacio-
nes, y la cual da cuenta del titular del inmueble, la supercie afectada y su
matrícula dominial, entre otros.
Que obran incorporados Estudios de Títulos y Matrículas correspon-
dientes del Registro General de la Provincia de Córdoba, de conformidad
al listado de bienes inmuebles afectados obrantes en Planilla.
Que luce incorporada intervención de la Gerencia Vial y Edilicia del
Ente Regulador de los Servicios Públicos (E.R.Se.P.) en la cual se informa
que, atento que las supercies gracadas en el Plano N° CS-PX (R9N)105-
ROA aparecen justicadas con relación a la obra de que se trata, se entien-
de procedente la individualización de las supercies afectadas indicadas
en el mismo y detalladas en la planilla de supercies obrante en autos.
Que la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico del Ente Regula-
dor de los Servicios Públicos (E.R.Se.P.), se expide mediante Dictamen
N° 1/2017, señalando que conforme los antecedentes e informes técnicos
obrantes en autos, la solución presentada por el Concesionario se ajusta a
los requisitos técnicos y legales que rigen la concesión.
Que obra Dictamen N° 24/2017 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio, en el que se expresa que puede emitirse el acto
administrativo correspondiente individualizando los bienes declarados de
utilidad pública y sujetos a expropiación para la ejecución de la obra de
referencia.
Que asimismo, señala que deberá darse intervención al Consejo Ge-
neral de Tasaciones de la Provincia, a los nes de que je el valor máximo
correspondiente en concepto de total indemnización por la fracción de los
bienes a expropiar.
Por ello, normativa citada, actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el
Nº 24/2017, y en ejercicio de las facultades delegadas por Decreto N°
353/2015;

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