Resolución N 159/GCABA/SSPLAN/10

FirmantesLostri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Planeamiento
Fecha de la disposición29 de Abril de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO

RESOLUCIÓN N 159/GCABA/SSPLAN/10AUTORIZA A LA DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO A PROCEDER AL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN LA CALLE AGüERO N° 763/65/67 CUYO DESTINO ES VIVIENDA MULTIFAMILIAR Y LOCALES COMERCIALES - OBRAS EN CONTRAVENCIÓN DEL CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN

Buenos Aires, 29 de abril de 2010

VISTO: El Expediente N° 24745/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Agüero N° 763/65/67, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a “Vivienda Multifamiliar y Locales Comerciales”;

Que se trata de una modificación bajo parte cubierta sin conformar aumento de superficie reglamentaria (PB: Roperos, Baños, Sector Dormitorio, Cocina Comedor Hall; PA: Ropero y Baño) y una ampliación conformada por un total de 67,13m2 de los cuales 53,43m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PA: Depósito, Escalera, Baños, Dormitorios, WC y Alero; Azotea: Depósito), en tanto que 13,70m2 en forma no reglamentaria (PA: Sector Dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 8) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 1 y 3 a 7), con destino Vivienda Multifamiliar y Locales Comerciales;

Que obra a fojas 11/12 la Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512 de propiedad horizontal; según consta a fojas 9;

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren permiso de obra”, del Código de la Edificación, y el Art. 5.4.1.4 “Distrito R2bI, disposiciones particulares, inciso d) FOT Máximo” del Código de Planeamiento Urbano;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención” del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 23 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR