Resolución N 135/GCABA/SSPLAN/10
Firmantes | Lostri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Planeamiento |
Fecha de la disposición | 20 de Abril de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
RESOLUCIÓN N 135/GCABA/SSPLAN/10AUTORIZA A LA DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO A PROCEDER AL REGISTRO DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PARA LA FINCA SITA EN LA CALLE EMILIO LAMARCA N° 4035/45 CUYO DESTINO ES VIVIENDA MULTIFAMILIAR - OBRAS EN CONTRAVENCIÓN DEL CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN
Buenos Aires, 20 de abril de 2010
VISTO: El Expediente N° 40391/2009 de Ajustes de obra para la finca sita en la calle Emilio Lamarca N° 4035/45, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso destinadas a Vivienda Multifamiliar;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 32,91m2 de los cuales 3,97m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Baño) en tanto que 28,98m2 en forma no reglamentaria (PB: Dormitorios; PA: Estar Comedor, Cocina Lavadero y Dormitorio), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas (Fojas N° 8) y los planos presentados para regularizar la situación (fojas N° 32 a 33, 35 y 37), con destino Vivienda Multifamiliar;
Que obra a fojas 12/13 la Memoria e Informe Técnico con carácter de Declaración Jurada del profesional habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a la ley 13.512, de propiedad horizontal, según consta a fojas 9;
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. Trabajos que requieren permiso de obra, el Art. 4.6.4.2 Iluminación y Ventilación de Locales de Primera Clase y el Art. 4.6.4.3 Iluminación y Ventilación de Locales de Segunda Clase y Escaleras Principales todos del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. Obras en contravención del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A. N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de fs. 44 las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los...
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