RESOLUCION Nº 2079

Fecha04 Junio 2019
Número de registro28584
EmisorDIRECCION PROVINCIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional24 MAY 2019

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0183931-8 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que han sido detectadas situaciones de irregularidad respecto de la Unidad Habitacional identificada como: VIV. 017 – MZ. 01 - (4D) – N° DE CUENTA 0056-0017-1 – PLAN N° 0056 – 1476 VIVIENDAS – BARRIO “EL POZO” - SANTA FE – (DPTO LA CAPITAL), cuyos titulares son los señores ZARATE, JUAN CARLOS y VILLALBA, MIRTA DORA según Resolución N° 3104/88 conforme boleto de compra-venta de fs. 06, consistentes en falta de pago y ocupación del bien;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 103526 (fs. 08) manifiesta que las actuaciones de la referencia son iniciadas por la Dirección General de Servicio Social y a instancias de la Unidad de Titularización con la finalidad de la regularización contractual y consecuente escrituración de la unidad antes mencionada;

Que surge del relevamiento que los titulares han fallecido, habitando la unidad la hija de ambos con su grupo familiar, quien formaba parte del grupo primigenio, habiéndose retirado sus otros hermanos hace varios años (fs. 01/05);

Que los fallecimientos no están acreditados y surge del estado de cuenta una deuda considerable (fs. 07 y vuelta);

Que en consecuencia, aconseja el dictado de una resolución que desadjudique al grupo Zarate-Villalba y rescinda el boleto de compra-venta por los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y disponga el lanzamiento. Se notificará al domicilio contractual y por edictos y se aguardarán los plazos legales;

Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por el Artículo 8vo.

de la Ley 6690;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

VIVIENDA Y URBANISMO

R e s u e l v e :

ARTICULO 1º: Desadjudicar la Unidad Habitacional identificada como: VIV. 017 – MZ. 01 – (4D) – N° DE CUENTA 0056-0017-1 – PLAN N° 0056 – 1476 VIVIENDAS – BARRIO “EL POZO” - SANTA FE – (DPTO LA CAPITAL) a los señores ZARATE, JUAN CARLOS (D.N.I. N° 6.264.345) y VILLALBA,

MIRTA DORA (L.C. N° 5.802.420), por aplicación de los Artículos 29 y 37 del Reglamento de Adjudicación, Ocupación y Uso y cláusulas concordantes del boleto de compra-venta oportunamente suscripto, el que se da por rescindido y por modificada en tal sentido la Resolución Nº 3104/88.-

ARTICULO 2º: En caso de no producirse la restitución pacífica del bien inmueble, previa individualización por el Área Social, del grupo familiar que propicie como adjudicatario de la vivienda a recuperar, autorizar a la Jefatura de la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que personalmente o a través del profesional que este designe y por aplicación del Artículo 27 de la Ley 21.581 homologada por Ley Provincial Nº 11.102 que expresa:

Quedan facultados los Organismos por medio de los que

se hubieran ejecutado o ejecuten programas habitacionales financiados con recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA, para requerir y obtener el auxilio de la fuerza pública, y éstas obligadas a prestarlo, con el objeto de

posibilitar la ejecución inmediata de todas las...

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