Resolución N° 207 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor17 de Junio de 2021
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición14 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 120
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 17 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos solicitud de la Dirección General de Administra-
ción del Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar
instando el presente trámite a los nes de la autorización correspondiente
para la ejecución de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones
del Decreto Nº 180/08.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica pertinente
compuesta por Pliego de Especicaciones Técnicas, Presupuesto Ocial,
Planilla Resumen Factores Decreto N° 800/2016, Memoria Descriptiva y
planos, Pliego Particular de Condiciones y Anexos, elaborados por la auto-
ridad técnica competente.
Que de los pliegos incorporados en autos surge que el sistema de contra-
tación es por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial estimado
asciende a la suma de $ 25.081.332,02, con IVA incluido y toda carga tributaria
y social vigente, calculado al mes de enero de 2021 y que el plazo para el desa-
rrollo del proyecto es de diez (10) días, a contar de la fecha de rma del contrato
y el de ejecución de obra es de ciento diez (110) días calendario, a partir de la
fecha en que se suscriba el Acta de Replanteo, todo ello atento lo normado por
el artículo 7 del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante informe técnico, el Secretario de Arquitectura junto a la
Directora General de Proyectos y el Jefe de Área Gestión Administrativa,
otorgan visto bueno a la documentación obrante en autos, entendiendo que
el proyecto elaborado resulta correcto desde el punto de vista estrictamen-
te técnico en tanto que, respecto al Pliego Particular de Condiciones incor-
porado, consideran que resulta adecuado y se ajusta a las disposiciones
de la Ley Nº 10.417, modicatoria de la Ley de Obras Públicas Nº 8.614,
manifestando que puede servir de base para la contratación de los trabajos
propiciados, con las observaciones allí efectuadas de carácter formal que
no impiden la continuidad del trámite.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura en el cual se indica, en relación al presupuesto de la obra, que
“los precios detallados en el mismo, son acordes a precios de mercado al
mes de enero 2021”.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar
deberá respetar las disposiciones de la Ley de Obras Públicas Nº 8614
y sus modicatorias, entre ellas la Ley N° 10417 y sus Decretos Regla-
mentarios, como toda otra normativa aplicable en relación al procedimiento
de contratación, debiendo tenerse en cuenta en el Pliego de Condiciones
Particulares las disposiciones de la Resolución N° 014/2021 del Ministerio
de Coordinación que reglamenta la Ley N° 10721.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la
presente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto N° 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 244/2021 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a las
disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley Nº 10417, Decretos
Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra
supera el índice trescientos (300) resulta oportuno dictar el instrumento
legal por el cual se apruebe la ejecución de la misma, manifestando ex-
presamente que se deberá dar cumplimiento a la precitada normativa a lo
largo de todo el procedimiento, en especial a lo dispuesto en el artículo 7
del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
244/2021 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Promoción del Em-
pleo y de la Economía Familiar referidos a la obra: ADECUACIÓN DE INS-
TALACIÓN ELÉCTRICA – MINISTERIO DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Y DE LA ECONOMÍA FAMILIAR – CÓRDOBA CAPITAL, conforme docu-
mentación técnica compuesta de Pliego de Especicaciones Técnicas, Pre-
supuesto Ocial por la suma de Pesos Veinticinco Millones Ochenta y Un
Mil Trescientos Treinta y Dos con Dos Centavos ($25.081.332,02) -con IVA
incluido y toda carga tributaria y social vigente-, Planilla Resumen Factores
Decreto N° 800/2016, Memoria Descriptiva, planos, Pliego Particular de
Condiciones y Anexos, elaborados por la autoridad técnica competente.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía
Familiar a sus efectos y archívese.
FDO.: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 207
Córdoba, 14 de junio de 2021
Expediente Nº 0045-022609/2020/A4.-
VISTO: este expediente por el cual la Directora General de Coordinación
de Obras Públicas, como Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Re-
glamentación y Gestión del Consorcio Caminero Único”, propicia la aproba-
ción del nuevo plan de avance y curva de inversión, correspondientes a la
obra: “MEJORAMIENTO DE CAMINO DE LA RED SECUNDARIA S136 –
PROGRESIVA 3150 A PROGRESIVA 18550 – JESÚS MARÍA – CAÑADA
DE LUQUE – DEPARTAMENTO COLÓN – PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Y CONSIDERANDO:
Que el expediente de referencia se tramita en expediente electróni-
co, mediante la aplicación Portal de Obras Públicas en adelante POP, de
conformidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario
N° 750/19, Resolución N° 1 de la Secretaría de Planeamiento y Moderni-
zación, Resolución N° 20 de la Dirección General de Compras y Contrata-
ciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación complementaria de
aplicación en la especie.
Que la obra mencionada fue adjudicada al Consorcio Caminero Único,
creado por Ley N° 10.546 y su Decreto Reglamentario N° 1053/2018, por
Resolución Ministerial N° 009/2021 (de fecha 27/01/2021), suscribiéndose

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