Resolución Nº 206/GCABA/SSDHPC/14

FirmantesAvruj
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2014

VISTO:

La Ley N° 4786, los Decretos N° 692-GCABA/05 y N° 118-GCABA/14, la Resolución

N° 216-SSDH/05, Resolución 75/SSDH/06, el Registro 3109/2005 y el Expediente N°

EX-2014-16533177- MGEYA-DGAYAV del registro de la Subsecretaría de Derechos

Humanos y Pluralismo Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y

CONSIDERANDO:

Que por la carpeta indicada en el Visto, el señor (Sr.) Fernando Francisco Vitale, DNI

N° 7.377.152, solicitó y obtuvo el subsidio originalmente previsto por el Decreto N°

692-GCABA/05 el cual fue otorgado mediante Resolución N° 216-SSDH/05 en virtud

del fallecimiento de su hija, Maria Lilia Vitale, ocurrido en el boliche "República de

Cromañón" el día 30 de diciembre de 2.004;

Que, por Resolución 75/SSDH/06 se autorizo a la Sra. Lilia Isabel Selser, cónyuge del

Sr. Vitale, a percibir en su nombre el subsidio supra indicado;

Que, en este estado, el Sr. Vitale solicita el traspaso de su subsidio a su esposa y

madre de su hija fallecida, Sra. Lilia Isabel Selser, DNI 13.754.373;

Que en la actualidad el aludido beneficio es regido por la Ley N° 4786 y su Decreto

reglamentario N° 118-GCABA/14;

Que si bien no se encuentra previsto en dicha normativa un caso como el de autos, al

no alterarse el orden de prelación excluyente, a la luz del principio de igualdad ante la

ley correspondería dar de baja a las Resoluciones 216/SSDH/05 y 75/SSDH/06 y

otorgar el 100% del subsidio en cabeza de la Sra. Lilia Isabel Selser;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

debida intervención en estos actuados, aconsejando el dictado de la presente en los

términos de la Ley N° 1218;

Que la presente se firma en el marco de las facultades y competencias otorgadas por

el artículo 2° del Decreto N° 118-GCABA/14.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DERECHOS HUMANOS Y PLURALISMO CULTURAL

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE

Artículo 1° Dese de baja a las Resoluciones 216/SSDH/05 y 75/SSDH/06 a partir del
  1. de Diciembre de 2.014.-

Artículo 2° Otórguese el subsidio previsto por la Ley 4786 por fallecimiento de Maria

Lilia Vitale, DNI 31.964.259, a su madre, Sra. Lilia Isabel Selser, DNI 13.754.373, por

la suma de mensual de pesos dos mil cuatrocientos ($2.400,00) a partir...

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