Resolución N° 206 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de Justicia y Derechos Humanos
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 130
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 6 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 203 - Letra:A
Córdoba, 5 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0528-007482/2016, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “BOCHIN CLUB RIO CUARTO – ASOCIACION CIVIL, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para la Reforma Integral del Estatuto y el Reglamento
Interno y aprobación de un Nuevo Texto Ordenado, dispuesta en Asamblea
General Extraordinaria con fecha 18 de Diciembre de 2016.
CONSIDERANDO: Que, atento las constancias obrantes en autos, se es-
timan cumplidos los requisitos formales, scales estatutarios y legales con
relación a la Asamblea General Extraordinaria con fecha 18 de Diciembre
de 2016 de la entidad civil denominada “BOCHIN CLUB RIO CUARTO –
ASOCIACION CIVIL” CUIT N° 30-68396213-5 con domicilio social en la
Provincia de Córdoba , en la cual se resolvió la Reforma Integral del Esta-
tuto y el Reglamento Interno y aprobación de un Nuevo Texto Ordenado, en
procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: DECLARAR subsistente la Personería Jurídica otorgada
por Resolución N° 1301-A de fecha 24 de Abril de 1970.
Artículo 2º: APROBAR la Reforma Integral del Estatuto y el Regla-
mento Interno y aprobación de un Nuevo Texto Ordenado de la entidad civil
denominada “BOCHIN CLUB RIO CUARTO – ASOCIACION CIVIL” CUIT
N° 30-68396213-5 con domicilio social en la Provincia de Córdoba, sancio-
nada en Asamblea General Extraordinaria con fecha 18 de Diciembre de
2016, en procura de mejorar el funcionamiento de la entidad.
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la
inscripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 205 - Letra:A
Córdoba, 5 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0007-130882/2016, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION JOSE MARIA PAZ PROMOCION 28”, con
domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita
autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 148 inc. d), 193,
195 y concordantes del Código Civil y Comercial, y en uso de las faculta-
des conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley N° 8.652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
JOSE MARIA PAZ PROMOCION 28”, con domicilio social en la Provincia
de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la “FUNDACION JOSE
MARIA PAZ PROMOCION 28”.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de
veinte (15) días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la ins-
cripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los
nes de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo
cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la ins-
cripción en el registro pertinente y archívese.
FDO: GUILLERMO F. GARCÍA GARRO, DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
Resolución N° 206 - Letra:A
Córdoba, 5 de junio de 2017
VISTO: El Expediente Nº 0714-000025/2017, mediante el cual la entidad ci-
vil denominada “CENTRO DE JUBILADOS PENSIONADOS RETIRADOS
HORAUCANO DE SAN HUBERTO ASOCIACION CIVIL, con domicilio so-
cial en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización
estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b) y,
d),168, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso
de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “CENTRO DE
JUBILADOS PENSIONADOS RETIRADOS HORAUCANO DE SAN HU-

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