Resolución N 3521/GCABA/MSGC/09

FirmantesLemus
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCIÓN N 3521/GCABA/MSGC/09SE RECHAZA RECURSO DE ACLARATORIA POR LA RESOLUCIÓN N° 20-MSGC/09

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2009

RESOLUCIÓN N° 3521 - MSGC/09

Buenos Aires, 19 de noviembre de 2009.

VISTO: El Expediente N° 54.754/02, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita el recurso de aclaratoria (v. fs. 710/711 vta.) interpuesto por la Señora Emma Mercedes Gorosito, Ficha Municipal N° 273.698contra la Resolución N° 0020-MSGC-2009 la cual sanciona a la agente mencionada con quince (15) días de suspensión;

Que la agente invoca una supuesta contradicción al referirse que por el primer artículo se la sanciona con 15 días de suspensión, por el segundo se la exime de responsabilidad, siendo que ambos apartados se refieren a la desaparición del mismo material odontológico;

Que la presentación fue efectuada al tiempo de la notificación, por lo que se considera que ha sido realizada en tiempo oportuno;

Que la Procuración General al tomar la intervención que le compete afirma ... de la lectura de ambas disposiciones no surge que exista incongruencia alguna. En efecto, el Art. 1° reza textualmente >, en tanto que el Art. 2° consigna >;

Que de lo antes expuesto surge que en cada caso se contempla una conducta omisiva totalmente diferente. En el primero se reprocha no haber informado la desaparición, y en el segundo no haber tomado los recaudos necesarios a fin de evitar ese faltante;

Que como bien lo expresa la Procuración General, se trata de supuestos concernientes a dos momentos temporales diferentes;

Que resulta obligatoria la presencia de los dictámenes de los órganos técnicos y de asesoramiento jurídico que brindan al órgano que decide o resuelve, los elementos de juicio imprescindibles para que la resolución a dictarse se encuentre provista de todas las garantías de legitimidad y oportunidad (Conf., Cassagne Juan Carlos, Derecho Administrativo, Tomo II, novena edición, Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2008, p. 722);

Que por todo lo hasta aquí expresado, se comparte y hace propio el criterio plasmado en el dictamen obrante a fs. 715/717, al que cabe remitirse en un todo en honor a la...

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