Resolución Nº 205 - Letra A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorDirección de Inspección de Personas Jurídicas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 140
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
para el año 2018, en el sentido que el turno comprendido entre los días
27/08/2018 al 03/09/2018 quedará a cargo del Juzgado de Conciliación
de Décima Nominación y, el perteneciente al período que transcurre entre
el 15/10/2018 al 22/10/2018 estará a cargo del Juzgado de Conciliación
de Tercera Nominación, ambos Tribunales pertenecientes a la ciudad de
Córdoba Capital.-
2) Protocolícese. Comuníquese al Boletín Ocial, al Colegio de Abo-
gados de Córdoba, a los Juzgados mencionados, y dése la más amplia
difusión.
MINISTERIO DE GOBIERNO
DIRECCION DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
Resolución N° 51
Córdoba, 18 de julio de 2018.-
VISTO el Expediente N° 0458-053738/2018, en cuyas actuaciones la Mu-
nicipalidad de La Bolsa, solicita se proceda a la recepción de examen para
acreditar los conocimientos, condiciones y capacidades que habiliten a
personal de su dependencia y localidades aledañas que aspiran a obte-
ner matricula en calidad de Autoridad de Control y de Evaluadores Teórico
Practico para la Emisión de Licencias de Conducir.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 5 de la Ley Provincial de Tránsito N 8.560 (t.o. 2004)
dene en calidad de Autoridad de Control, entre otros “...al organismo que
determine la autoridad municipal o comunal de las jurisdicciones que ad-
hieran a la presente Ley y su Reglamentación, y cuyo personal esté espe-
cialmente capacitado….”.
Que así también la normativa exige, capacitación previa para el per-
sonal que tendrá a su cargo las distintas evaluaciones teórico-prácticas de
conducción Art.10, inciso 4, apartado “a” e inciso 6),del Decreto N° 318/07,
reglamentario de la Ley Provincial de Tránsito 8.560).
Que la Jefatura de División Capacitación, de esta Dirección General de
Prevención de Accidentes de Tránsito, produce informe circunstanciado de
tal proceso de evaluación, situación de la que da cuenta el Acta N° 130718
– La Bolsa y los Informes técnicos respectivos.-
Que conforme lo determina el referido Artículo 10, inciso 6) del plexo
normativo supra consignado, esta Dirección General de Prevención de
Accidentes de Tránsito puede disponer la entrega de los Certicados perti-
nentes.
Que tales nes, y habiéndose satisfecho las exigencias legales de
rigor, corresponde dictar el instrumento jurídico que habilite al personal en
calidad de Autoridad de Control y Evaluador Teórico-Práctico y ordenar su
inscripción en los Registros pertinentes.
Por ello y lo dictaminado por la dependencia de asesoría Jurídica de
esta Dirección General bajo el N° 63/2018:
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCION DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
R E S U E LVE:
1°.- APROBAR lo actuado respecto del proceso de evaluación reali-
zado en la localidad de La Bolsa para personal de su dependencia y de
localidades aledañas, llevado adelante por dependencias técnicas de esta
Dirección General y que concluyera con la instrumentación del Acta N°
130718; y, en consecuencia, HABILITAR en carácter de Autoridades de
Control y Evaluadores Teórico Prácticos para le emisión de Licencias de
Conducir al personal nominado en los Anexos I y II, que forman parte de la
presente resolución.
2°.- ORDENAR por la División – Capacitación de esta Dirección Gene-
ral, se proceda a la inscripción en los registros pertinentes de las personas
habilitadas por la misma y consignadas en el Anexo I y II que forman parte
de la presente Resolución, con las Matrículas asignadas en cada caso.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE AC-
CIDENTES DE TRÁNSITO
ANEXO
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N° 205 - Letra:A
Córdoba, 12 de Julio de 2018
VISTO: El Expediente N° 0007-140014/2018, mediante el cual la entidad
civil denominada “FUNDACION AIRES DE LIBERTAD”, con domicilio social
en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización es-
tatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociacio-
nes Civiles, se ha vericado el cumplimiento de los requisitos legales, for-
males y scales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d,
169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de
las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada “FUNDACION
AIRES DE LIBERTAD”, con domicilio social en la Provincia de Córdoba,
República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.

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