Resolución N° 205/CDNNYA/22

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 205/CDNNYA/22
Buenos Aires, 17 de febrero de 2022
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley Nº 6.347), el
Decreto Reglamentario Nº 74/21, las Resoluciones N° 91-CDNNyA/18 y N° 75-
GCABA-CDNNyA/21, el Expediente Electrónico Nº 09288592-MGEYA-
DGLTACDN/17, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto Reglamentario Nº 74/21 se aprobó la reglamentación de la Ley Nº
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que por la Resolución N° 91-CDNNyA/18 se aprobó la contratación directa para la
locación administrativa del inmueble sito en avenida Riestra N° 5.897, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento de la Defensoría Zonal
Comuna 8-Lugano Oeste, dependiente de la Dirección General de Programas
Descentralizados de este Consejo, por el plazo de treinta y seis (36) meses, a partir
del 1º de febrero de 2018 al 31 de enero de 2021;
Que por la Resolución N° 75-GCABA-CDNNyA/21 se aprobó la prórroga del contrato
de locación administrativa del inmueble sito en avenida Riestra N° 5.897, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, por un nuevo plazo de treinta y seis (36) meses, a partir
del 1º de febrero de 2021 al 31 de enero de 2024, estableciéndose el canon locativo
mensual para el primer año de vigencia de la prórroga contractual, aplicable al período
comprendido entre el 1° de febrero de 2021 y el 31 de enero de 2022;
Que el Decreto Reglamentario Nº 74/21 introdujo modificaciones en el procedimiento
de contratación directa para la locación de inmuebles por parte del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo normado en el artículo 28, inciso 12)
del Anexo I del citado plexo normativo;
Que la cláusula séptima de la prórroga del mencionado contrato de locación
administrativa establece que los valores de los cánones locativos correspondientes al
segundo y tercer año de vigencia de la prórroga contractual serán consensuados por
las partes, previa tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires, a tenor de lo
establecido en el artículo 28, inciso 12), apartado f) del Anexo I del Decreto
Reglamentario Nº 74/21;
Que, en consecuencia, el titular de la Dirección Operativa de Compras y
Contrataciones, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa
de este Consejo, solicitó a la Gerencia de Recupero de Créditos-Valuaciones
Inmuebles, Bienes Registrales y Otros del Banco Ciudad de Buenos Aires, la tasación
del inmueble sito en avenida Riestra N° 5.897, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6323 - 21/02/2022

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