Resolución N° 2025 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorSecretaría General de la Gobernación
Fecha de la disposición14 de Noviembre de 2016
VIERNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 229
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Resolución N° 2025 .......................................................... Pag. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1491 ............................................................... Pag. 2
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N° 1519 .......................................................... Pag. 2
Resolución N° 1523 .......................................................... Pag. 3
Resolución N° 1522 .......................................................... Pag. 3
Resolución N° 1521 .......................................................... Pag. 4
Resolución N° 1520 .......................................................... Pag. 4
Resolución N° 1518 .......................................................... Pag. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 444 ............................................................ Pag. 5
Resolución N° 443 ............................................................ Pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE TESORERIA Y CREDITO PUBLICO
Resolución N° 40 .............................................................. Pag. 6
Resolución N° 39 .............................................................. Pag. 6
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
SECRETARIA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 620 ........................................................... Pag. 7
Resolución N° 554 ........................................................... Pag. 8
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Resolución N° 2025
Córdoba, 14 de noviembre de 2016.
VISTO:
El Decreto N° 474/2016 por el cual se crea el “Plan de Federalización
de la Gestión de Comedores del P.A.I.Cor del Interior Provincial”.
Y CONSIDERANDO:
Que, el Programa de Asistencia Integral de Córdoba –P.A.I.Cor- tie-
ne como objetivo primordial contribuir a la inclusión, a la permanencia en
el sistema educativo formal y al adecuado crecimiento y desarrollo de la
población en edad escolar en situación de vulnerabilidad, brindando asis-
tencia alimentaria y propendiendo a mejorar hábitos vinculados a una ali-
mentación saludable.
Que mediante el Decreto N° 474/2016 se creó el “Plan de Federaliza-
ción de la Gestión de Comedores P.A.l.Cor. del Interior Provincial”, con la
nalidad de fortalecer, mejorar y hacer más equitativos los servicios brin-
dados por el Estado, en especial cuando la población involucrada es la
más vulnerable, incorporando a la gestión del programa el aporte de los
gobiernos locales que voluntariamente decidan aceptar el desafío.
Que asimismo, en el mencionado instrumento legal, se designó a la
Secretaría General de la Gobernación como Autoridad de Aplicación del
Plan, conriendo las facultades necesarias para dictar la normativa regla-
mentaria que posibilite la más ecaz y eciente puesta en ejecución del
proceso dispuesto.
Que en la etapa de nalización del ciclo lectivo de cada año, P.A.I.Cor
entrega a los beneciarios del programa, un módulo con productos alimen-
ticios a n de contribuir a cubrir las necesidades nutricionales en el período
de receso escolar.
Que el valor de los módulos alimenticios referidos en el párrafo ante-
rior, se encuentra proporcionalmente incluido en los montos transferidos
mensualmente a los Municipios y Comunas adheridos al “Plan de Federa-
lización de la Gestión de Comedores P.A.l.Cor. del Interior Provincial”. No
obstante ello y considerando que dicho Plan de Federalización comenzó
ya avanzado el ciclo lectivo 2016 - que como todo proceso ha requeri-
do un esfuerzo adicional de parte de cada uno de los intendentes y jefes
comunales que aceptaron voluntariamente el desafío de participar en la
gestión del Programa-, se considera conveniente establecer con carácter
excepcional, un Aporte de carácter Extraordinario a los nes de coadyuvar
a los Municipios y Comunas adheridos en la adquisición de dicho módulo
alimentario para ser entregado a la población beneciaria en razón del
receso escolar.
Que de acuerdo a lo expresado en el párrafo precedente se procederá
a transferir a los Municipios y/o Comunas adheridos al Plan de Federaliza-
ción, la suma de pesos seiscientos cincuenta ($650,00) por beneciario en
aquellos Municipios y/o Comunas que cuenten con un padrón de alumnos
comprendidos entre el rango de uno (1) a cuarenta y nueve (49); la suma
de pesos quinientos setenta y cinco ($575,00) por beneciario para aque-
llos Municipios y Comunas comprendidos entre el rango de cincuenta (50)
a noventa y nueve (99) alumnos y la suma de pesos quinientos ($500,00)
por beneciario a aquellos Municipios y/o Comunas con más de cien (100)
alumnos, en todos sus centros educativos, en concepto de módulo alimen-
tario para el receso escolar.
Por ello, la normativa citada y en usos de las atribuciones conferidas
por el Decreto Nro. 1791/2015 modicado por Decreto N° 39/2016 raticado
por Ley N° 10.337 y el Decreto N° 474/2016;
LA SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE
Artículo 1° ESTABLÉCESE, un Aporte de carácter Extraordinario, a
los nes de coadyuvar en la adquisición de un módulo alimentario por niño
que cubra la alimentación de los días de receso escolar correspondiente a
los meses de enero y febrero de 2017, en virtud de los motivos expresados
en los considerandos de la presente Resolución.

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