Resolución Nº 233/03 de 02 de Mayo de 2003

La Plata, 2 de mayo de 2003 .

VISTO: El expediente 2.403-947/01 relacionado con la sanción de la Ley 11.769, su Decreto Reglamentario 1.208/97 y la Resolución 113/01; y

CONSIDERANDO:

Que el marco regulatorio eléctrico de la Provincia de Buenos Aires establece como uno de sus objetivos el asegurar que los importes finales unitarios a pagar por cada categoría de usuarios sean equivalentes en todo el ámbito de su jurisdicción.

Que para cumplimentar tal finalidad se crea el Fondo Provincial de Compensaciones Tarifarias con el propósito de compensar las diferencias de costos propios de distribución reconocidos, entre los distintos concesionarios provinciales y municipales.

Que mediante la Resolución 113/01 se estableció la metodología de cálculo de las compensaciones a efectuarse a los concesionarios municipales de distribución de energía eléctrica.

Que el Anexo I de la citada Resolución clasifica a cada concesionario municipal de distribución de energía eléctrica como perteneciente a un grupo homógeneo de prestadores en función de parámetros definidos como ruralidad y escala.

Que para realizar dicho agrupamiento se utilizaron índices que contemplan la cantidad de usuarios, la demanda del sistema y los costos de operación y mantenimiento de cada uno de los concesionarios.

Que el Anexo III de la referida Resolución fija los montos en concepto de compensación por costos de distribución para cada concesionario receptor del mismo.

Que en virtud de lo establecido en el Art. 6º de la Resolución 113/01 se determinó un período en el cual los concesionarios alcanzados por dicha normativa podrían realizar presentaciones observando lo dispuesto respecto a las compensaciones tarifarias...

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