Resolución N° 200/SECDCI/21
Emisor | Vicejefatura de Gobierno |
Fecha de la disposición | 8 de Noviembre de 2021 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 200/SECDCI/21
Buenos Aires, 3 de noviembre de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley de
Procedimientos Administrativos aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Ley N° 1.624 y su modificatoria N°
6.341 (textos consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos N° 1.416/07, N° 463/19 y
sus modificatorios, la Disposición N° 207-DGCG/18 y sus modificatorias, la Resolución
Nº 237-SSDEP/2017, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Anexo I (IF-2021-32706006-GCABA-
DGDSYDD), que forma parte integrante de la presente, tramitan las solicitudes de
subsidios presentadas por Clubes e Instituciones Deportivas de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en el marco de la Ley N° 1.624 y su modificatoria N° 6.341 (textos
consolidados por Ley N° 6.347), destinados a la realización de “Proyectos Deportivos”;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires promueve en su artículo
33 la práctica del deporte y las actividades físicas, procurando la equiparación de
oportunidades;
Que la Ley N° 1.624 y su modificatoria N° 6.341 (textos consolidados por Ley N°
6.347) tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y coordinar el deporte amateur y
profesional y la actividad físico-recreativa, a nivel comunitario en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, reconociéndole una finalidad social, estableciendo como autoridad
de aplicación la ex Dirección General de Deportes (actual Subsecretaría de Deportes);
Que el artículo 22 de la referida ley, establece que los recursos del Fondo del Deporte
deben destinarse de forma exclusiva a la asistencia del deporte amateur, aplicándolos
al fomento de las competencias deportivas e insumos y equipamiento deportivo, la
asistencia a deportistas amateurs, la capacitación de científicos y técnicos del deporte,
la refacción y/o mantenimiento de la infraestructura deportiva o de las instalaciones
complementarias de los Clubes de Barrio y el fortalecimiento institucional y
tecnificación deportiva de las Instituciones Deportivas Metropolitanas de Segundo y
Tercer Grado, estableciendo asimismo que los beneficiarios podrán ser instituciones
públicas o privadas, o deportistas amateurs, y los recursos podrán otorgarse en
calidad de subvenciones, becas, estímulos y subsidios;
Que mediante la citada Ley N° 1.624 y su modificatoria N° 6.341 (textos consolidados
por Ley N° 6.347) fue creado el Consejo Asesor del Deporte, estableciéndose que el
mismo estará presidido por el Director General de Deportes o quien éste designe o
quien lo reemplace y un representante de cada institución deportiva que se inscriba en
el Registro Único de Instituciones Deportivas, en conjunto con dos representantes de
la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un representante de la
Secretaría de Salud, un representante de la Secretaría de Educación y un
representante de la Universidad de Buenos Aires;
Que por su parte, se establece que la Comisión Directiva del Consejo Asesor del
Deporte, tendrá entre sus funciones la de asesorar a la autoridad de aplicación en
todas las materias comprendidas en la citada ley, evaluar el fiel cumplimiento de los
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6252 - 08/11/2021
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