Resolución N° 20 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Julio de 2018 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
Fecha de la disposición | 6 de Junio de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 133
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 18 DE JULIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Resolución N° 290
Córdoba, 13 de julio de 2018
VISTO: El Expediente N° 0427-049406/2015 en el que se gestiona la modi-
cación de la Resolución N° 034/2015 de este Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante dicho instrumento legal, en su Artículo 1°, se declaró
en condición de rezago los automotores detallados en el listado del Infor-
me N° 10-202/14 de la Dirección General de Coordinación Operativa del
Ministerio de Gestión Pública, que compuesto de una (1) foja formó parte
integrante del mismo como Anexo I, con excepción de los vehículos ocia-
les con dominio DKR-054 y CNE-791 que están afectados al Ministerio de
Gestión Pública.-
Que la Dirección de Coordinación de Administración de este Ministerio,
solicita la modicación de la citada Resolución, a los nes de agregar un
párrafo que “disponga las bajas tanto patrimonial como registral de cinco
vehículos detallados a fojas 70 de autos, la que se tramitará por parte de la
sectorial competente y por ante los registros pertinentes”.
Que por todo lo expuesto, corresponde proceder a la modicación del
Artículo 1° de la Resolución N° 034/2015 de esta jurisdicción ministerial.
Por ello,
EL MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1°.- MODIFICASE el Artículo 1° de la Resolución N° 034/2015
de esta Cartera de Estado, el que quedará redactado de la siguiente ma-
nera: Artículo 1°.- DECLARANSE en condición de rezago los automoto-
res: Marca Fiat, Modelo Siena S 4 puertas, Dominio DJN 327, Motor N°
178B40388570100, Chasis N° 8AP 178617Y4148468; Marca Fiat, Modelo
Siena S 4 puertas, Dominio DJY 973, Motor N° 178B40388568273, Chasis
N° 8AP178617Y4148019; Marca Fiat, Modelo Siena S 4 puertas, Dominio
DKR 016, Motor N° 178B40388568277, Chasis N° 8AP178617Y4147227;
Marca Fiat, Modelo Siena S 4 puertas, Dominio DJN 338, Motor N°
178B40388569473, Chasis N° 8AP178617Y4148236; y Marca Volkswa-
gen VW 1500, Sedan 4 puertas, Dominio VPB 284, Motor Chrysler N°
J5904632, Chasis N° 8AVZZZ15ZJR303220, con excepción de los vehícu-
los Marca Renault Clio RL, Dominio CNE 791 y Marca Fiat S, Dominio DKR
054 que están afectados al ex Ministerio de Gestión Pública, y en conse-
cuencia DISPONGASE sus bajas tanto patrimonial como registral, la que
se tramitará por parte de la sectorial competente y por ante los registros
pertinentes.-
Artículo 2°.- PROTOCOLICESE, dése intervención a Contaduría Ge-
neral de la Provincia dependiente del Ministerio de Finanzas, comuníque-
se, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.-
FDO: SERGIO H. TOCALLI, MINISTRO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 20
Córdoba, 06 de junio de 2018
VISTO: El expediente Nº 0626-003441/2017 Cuerpos I y II.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el procedi-
miento de selección de subasta electrónica inversa, la adjudicación de la
obra “Renovación de la Dirección General de Rentas sede Villa María ubi-
cado en calle Buenos Aires N° 1201 de la ciudad de Villa María, Provincia
de Córdoba”.
Que a tales nes se procedió a efectuar el llamado a participar del
mencionado procedimiento de selección, con información a los proveedo-
res de las condiciones de contratación, a través de su publicación en el
Boletín Ocial y en el Portal Web Ocial de Compras y Contrataciones,
conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N° 305/14
reglamentario de la Ley N° 10.155.
Que nalizada la subasta y efectuado el periodo de lances en el lapso
establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta de Prela-
ción, en los términos del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de las ofertas re-
cibidas, con los nombres de los proveedores que participaron en dicha
subasta e importe ofertado, de la cual surge que se presentaron las rmas
MICARAL S.R.L., FEDCAMAX S.A., PRESTACIONES INMOBILIARIAS
S.R.L. e HIRAM S.A. para el Renglón N° 1 e HIRAM S.A, FEDCAMAX S.A.
y MICARAL S.R.L. para el Renglón N° 2.
Que se incorpora Constancia de Noticación cursada a las rmas MI-
CARAL S.R.L. para el Renglón N° 1 e HIRAM S.A. para el Renglón N° 2,
donde se le notica que han quedado en el primer lugar en el orden del
Acta de Prelación Final y, consecuentemente, se las emplaza a los nes de
que presenten la documentación requerida para considerar rme la oferta
económica realizada.
Que a FU N° 119 y N° 120 obra la documental presentada respectiva-
mente por las rmas HIRAM S.A. y MICARAL S.R.L.
Que la r ma MICARAL S.R.L. postulante del Renglón N° 1 cumple con
lo solicitado y la rma HIRAM S.A. postulante del Renglón N° 2 informa que
no participará en la contratación de la obra.
Que se convocó a la rma FEDCAMAX S.A., segunda en el acta de
prelación, respecto del Renglón N° 2, la cual también declinó su continui-
dad en el procedimiento de selección.
Que formulados los emplazamientos de rigor y vencidos los términos
de ley, las rmas HIRAM S.A. y FEDCAMAX S.A. no presentaron la docu-
mentación requerida a los nes de considerar rme la oferta económica
realizada.
Que conforme al orden de prelación resultante se solicitó a la rma
MICARAL S.R.L. la documentación concerniente al Renglón N° 2, la cual
cumple con las especicaciones técnicas requeridas.
Que la Comisión de Estudio y Valoración de las Ofertas efectuó el co-
rrespondiente análisis y aconseja tener por desistidas las ofertas presen-
tadas por las rmas HIRAM S.A. y FEDCAMAX S.A. para el Renglón N°
2 y adjudicar a la rma MICARAL S.R.L. el Renglón N° 1 por la suma de
pesos dos millones trescientos treinta y cinco mil ($ 2.335.000.-) y el Ren-
glón N° 2 por la suma de pesos doscientos sesenta y cuatro mil noventa
y cinco ($ 264.095.-), lo que hace un total general de pesos dos millones
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